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La Justicia desestima el recurso de la oposición en Santa Cruz contra el secretario del Pleno

La sentencia establece que Luis Prieto no ha vulnerado el derecho de participación política

Luis Prieto, secretario del Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz. Andrés Gutiérrez

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Santa Cruz de Tenerife ha desestimado el recurso presentado por todos los partidos de la oposición en el Ayuntamiento de la capital (PSOE, Unidas Podemos y Ciudadanos) contra el secretario del Pleno, Luis Prieto, al que acusaban de haber dilatado «indebidamente» la convocatoria de un pleno extraordinario sobre Emmasa (Empresa Mixta de Aguas). La sentencia, a la que ha tenido acceso EL DÍA, establece que el secretario actuó de forma correcta.

Los portavoces de los partidos de la oposición, José Ángel Martín (PSOE), Ramón Trujillo (Unidas Podemos), y Matilde Zambudio (Cs), insinuaron, además, durante un pleno, que dicho retraso se había producido porque Luis Prieto también está siendo investigado en el denominado caso Emmasa, en el que se intenta esclarecer el abono de un canon anual de 2,3 millones de euros por parte de Emmasa a su socio mayoritario, Sacyr Vallehermoso.

La oposición acudió a la justicia por considerar que la convocatoria de pleno extraordinario sobre Emmasa que estos habían solicitado se había retrasado de manera indebida, exponiendo que la actuación del secretario había sido contraria a la ley por su «inactividad», al no convocar el pleno de manera automática. Alegaron que se habían vulnerado sus derechos fundamentales.

En concreto, el recurso fue presentado por los socialistas Patricia Hernández, José Ángel Martín, Elena Mateo, Andrés Martín y Ana Delia Darias; el portavoz de UP, Ramón Trujillo, y la portavoz de Cs, Matilde Zambudio, contra «la inactividad de la obligación de notificación de convocatoria de pleno extraordinario por parte del secretario general del Pleno, ante la solicitud de sesión extraordinaria registrada el 4 de noviembre de 2021». El citado pleno se celebró el 27 de diciembre, casi dos meses más tarde. Pero en la sentencia se explica que dicho retraso se produjo debido a la «manifiesta falta de rigor en la presentación de la solicitud por parte de los partidos de la oposición, por carecer de justificación de autenticidad, ya que esta fue presentada por una persona distinta de los concejales solicitantes, con firmas escaneadas».

Los grupos de la oposición solicitaron este pleno para, sobre todo, obtener información sobre las actuaciones que se estaban llevando a cabo por parte del grupo de Gobierno (CC, PP y la edil de Cs Evelyn Alonso) respecto a la recuperación del dinero que Emmasa ha abonado a Sacyr, aunque también se trataban varios puntos sobre los escoltas de Evelyn Alonso. El PSOE, UP y la portavoz del grupo Mixto indicaron en el recurso que el pleno tendría que haberse celebrado el 25 de noviembre.

La sentencia establece que el secretario del Pleno actuó de manera correcta, ya que la solicitud realizada por los ediles de la oposición no reunía los requisitos formales y estos tuvieron que ser subsanados. Una vez subsanados los errores, se convocó y celebró el citado pleno, por lo que el juez ha desestimado el recurso, señalando que «no se produjo vulneración del derecho fundamental de participación política» de los concejales solicitantes.

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