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La Audiencia Provincial ratifica el archivo del ‘caso Tamayazo’

La Sala desestima el recurso de apelación interpuesto por Amigó contra Vidina Espino

Vidina Espino, diputada del Grupo Mixto. Carsten W. Lauritsen

La Audiencia Provincial ha ratificado el archivo del denominado caso Tamayazo, poniendo fin a la denuncia por injurias presentada por Juan Amigó, exsecretario de Organización en Canarias de Ciudadanos (Cs), contra la que en aquel entonces era portavoz de la formación naranja en el Parlamento de Canarias, Vidina Espino, y que en la actualidad es diputada del Grupo Mixto, tras abandonar Cs. En concreto, la Sala ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Amigó contra el auto del Juzgado de Instrucción número 1 de Las Palmas de Gran Canaria que daba la razón a Espino, inadmitiendo la querella criminal presentada por el primero.

La denuncia fue interpuesta por las declaraciones que Vidina Espino realizó a EL DÍA el 15 de junio de 2019, tras la constitución de la Corporación municipal de Santa Cruz de Tenerife, asegurando que se había producido un «tamayazo» y culpando a Juan Amigó de haber urdido una operación para que los dos ediles de Ciudadanos, Matilde Zambudio y Juan Ramón Lazcano, a los que él había situado en la lista electoral, votaran, en contra de las directrices del partido, a la socialista Patricia Hernández para convertirla en alcaldesa de la capital y arrebatar el bastón de mando a Coalición Canaria, al nacionalista José Manuel Bermúdez. Espino manifestó entonces que Amigó, un empresario con intereses inmobiliarios en el municipio chicharrero, había ofrecido el respaldo de Zambudio y Lazcano a la dirigente socialista a cambio de plenas competencias en Urbanismo. Apuntaba también que el entonces secretario de la Organización en Canarias había dimitido justo después de que finalizase el pleno en el que los dos ediles naranjas votaron a Hernández, «cuando tenían que votarse a sí mismos», según «las órdenes recibidas desde la dirección de Cs».

A raíz de dichas declaraciones, Juan Amigó presentó una querella criminal contra Vidina Espino, al considerar que los hechos descritos eran constitutivos de los delitos de calumnias e injurias, y solicitó que se abriera una investigación. A su vez, la entonces diputada de Cs interpuso un recurso contra la admisión de la querella, alegando que las declaraciones se realizaron «en el ejercicio de su libertad de expresión y opinión, en la crítica política», y la Justicia le dio la razón. A continuación, Amigó presentó un recurso de apelación. Pero la Audiencia Provincial lo ha desestimado, dándole de nuevo la razón a Vidina Espino. Contra esta resolución ya no cabe recurso alguno y, además, Amigó ha sido condenado en costas.

La Audiencia Provincial considera que el auto recurrido, de inadmisión de la querella de Amigó, es «plenamente ajustado a derecho y debe ser confirmado por sus propios y más que acertados fundamentos». «Los hechos imputados en la querella no revisten relevancia penal alguna, ni como constitutivos del delito de calumnias, ni como alternativamente constitutivos del delito de injurias. La querellada expresa una opinión ciertamente muy crítica con la actuación del querellante, pero no imputa expresamente una conducta delictiva al mismo, ni los hechos que le atribuye, más allá de cuestionar su legitimidad ética y moral, pueden identificarse, clara e inequívocamente, con una determinada actividad delictiva, sea delito de cohecho o de trafico de influencias, que son los que menciona la acusación particular recurrente en el escrito de querella».

En el auto de la Audiencia Provincial también se indica que las afirmaciones atribuidas a Vidina Espino tienen un inequívoco contenido político, «tanto por el sentido de aquellas, como por el momento en que se hacen, por lo que, en vista de todos los factores condicionantes, pueden perfectamente considerarse justificadas, por lo menos, en lo que en la vía penal se refiere, por el derecho a la libertad de expresión».

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