La Fiscalía Provincial archiva las diligencias preliminares de investigación abiertas sobre el expediente de la contratación de Juan Luis Guerra y 440 y el grupo Orishas, que actuaron durante el Carnaval de Día celebrado el 9 de marzo de 2019. El archivo se produce "por entender que los hechos denunciados son de imposible identificación y averiguación", según firma la fiscal jefe, María Farnés Martínez Frigola, quien cerró la causa cuando dirigía Anticorrupción. Del análisis del expediente administrativo, asegura que "no se aprecia que los miembros del órgano de contratación tuvieran conocimiento de las irregularidades que se habían producido en dicha contratación".

La fiscal desprende que los hechos denunciados "no tienen relevancia penal". Aunque considera "evidente que se han producido numerosas irregularidades en la contratación efectuada y que se ponen de relieve en el expediente administrativo", valora que "no es lo mismo la infracción de normas administrativas que la infracción penal derivada de la comisión de un delito de prevaricación", de la que aclara que requiere "el elemento de la arbitrariedad junto a la injusticia de la resolución".

La apertura de las diligencias de investigación archivadas comenzaron con la denuncia presentada por el concejal Ramón Trujillo (Unidas Podemos), por presunta prevaricación y malversación de caudales públicos, ante la Fiscalía Provincial el 19 de noviembre de 2019, ampliada el 13 de enero y el 12 de junio del año en curso.

María Farnés Martínez determina en el decreto que en un mismo día (9 de febrero de 2019) el gobierno municipal (entonces CC-PP) formula la propuesta de contratación y resuelve tramitar el contrato por procedimiento negociado, sin publicidad y trámite urgente. El mismo día, 14 de febrero, aprueba los pliegos e invita a Alfredo Moré a participar, éste entrega la documentación, la presidenta del Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas (OAF) le adjudica el contrato, se firma y Moré presenta la primera factura por la actuación de Guerra: 215.301,78 euros, transfiriendo la cuantía al día siguiente. La segunda factura, por el mismo importe, data del 11 de marzo y se transfiere al día siguiente.

La fiscal entiende que el expediente incurre en "vicio determinante de nulidad de pleno derecho" al no acreditarse el derecho de exclusividad por parte de Moré (es lo que posibilita el procedimiento de contratación empleado), así como en anulabilidad al no justificar la declaración de urgencia y en "vicio determinante de nulidad de pleno derecho" al no negociar los aspectos contenidos en la cláusula décima del pliego de condiciones que rigió la contratación. Equivale a "la omisión de un trámite esencial del procedimiento", existiendo jurisprudencia al respecto.

"Al carecer el adjudicatario de capacidad para contratar con la administración por no cumplir con los requisitos mínimos de solvencia económica financiera exigida para este contrato" es otro "posible supuesto de nulidad de pleno derecho", según determina la fiscal. En el listado de irregularidades, la entonces Fiscal Anticorrupción también cita el incumplimiento de las condiciones establecidas para efectuar el primer pago del contrato.

En el decreto, que María Farnés emite como Fiscal Jefe tras cerrar la investigación mientras fue Fiscal Anticorrupción, refleja la propuesta del instructor municipal del expediente de la revisión de oficio en cumplimiento de la legislación vigente.

La fiscal instructora recabó del Ayuntamiento de Santa Cruz el expediente y las facturas relacionadas con el caso y de Radio Club Tenerife que acredite el contrato de exclusividad con los cantantes.