El Ministerio Fiscal ha propuesto desestimar la demanda interpuesta por el anterior grupo de Gobierno del Ayuntamiento de la capital, formado por el PSOE y Cs, solicitando la nulidad de la moción de censura presentada contra la socialista Patricia Hernández por CC, PP y la edil Evelyn Alonso, con la que el nacionalista José Manuel Bermúdez recuperó la Alcaldía. Así se establece en el escrito de la Fiscalía de contestación al recurso planteado por el PSOE y Ciudadanos ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santa Cruz de Tenerife.

El anterior grupo de Gobierno, ahora en la oposición, llevó ante los tribunales la moción de censura con la que, el pasado 13 de julio, José Manuel Bermúdez desalojó a Patricia Hernández de la Alcaldía y por la que, además, la edil Evelyn Alonso fue expulsada de Cs. En la demanda alegan que se vulneró el derecho fundamental reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución Española, "a permanecer en los cargos y funciones públicas conforme a los requisitos señalados por las leyes", porque la votación para la moción de censura fue secreta.

"El cese de la alcaldesa derivado de la moción de censura que se impugna se habría producido con infracción del procedimiento legalmente establecido, pues se llevó a cabo mediante el depósito de la papeleta de cada uno de los concejales intervinientes en una urna, en lugar de expresar su voto públicamente, asumiendo, en consecuencia, su responsabilidad pública e individualizada ante el Pleno y ante el acto de la votación de la censura, lo que es decir lo mismo que ante la ciudadanía", se explica en el recurso presentado por el Partido Socialista y por Ciudadanos. Estos exigen con su denuncia la declaración de nulidad de la moción de censura y nombramiento de alcalde subsiguiente, porque, según indican, el procedimiento de votación fue nulo de pleno derecho.

Sin embargo, la Fiscalía, en su escrito de contestación a la demanda, entiende que la misma debiera desestimarse, "sin imposición de costas ante las dudas de derecho suscitadas". En concreto, en el escrito se establece que "a juicio de este Ministerio, la pretensión de nulidad de la moción de censura y consiguiente remoción como alcaldesa-presidente de la Corporación Local no debiera ser estimada".

La Fiscalía explica en la contestación que "constituye jurisprudencia constitucional asentada que la moción de censura promovida por concejales con la finalidad de lograr la destitución", en este caso, de la alcaldesa, "forma parte del contenido del derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y los cargos públicos". "No existe un derecho ilimitado o incondicionado a permanecer en cargos públicos en entidades locales y, lo que es más decisivo a los fines objeto de este proceso, no toda infracción del procedimiento administrativo alcanza relevancia constitucional", dice.

El escrito continúa señalando que "la demandante, con toda probabilidad, conocedora de la doctrina expuesta, articula, sin embargo, su pretensión", asentándola en la vulneración del artículo 23.2 de la Constitución. "Esto es, pretendiendo que el, a su juicio, irregular procedimiento de votación (secreto) vicia de nulidad la actuación administrativa objeto de la demanda: la moción de censura y su consiguiente remoción como alcaldesa", se apunta en el escrito del Fiscal.

La Fiscalía insiste en que no toda infracción del procedimiento administrativo alcanza relevancia constitucional, "resultando a los efectos que nos ocupan que, secreta o pública la votación, el resultado de la misma habría sido el mismo, la censura en el ejercicio de su cargo de la demandante y su consiguiente remoción".

Asimismo, en la contestación a la demanda por parte del Ministerio Fiscal se resalta que las votaciones pueden ser ordinarias, nominales y secretas. "Nada impide, conforme al tenor de las normas, que las votaciones puedan ser secretas por cuanto no se establece un numerus clausus de asuntos que puedan ser objeto de votación secreta, sino una previsión como excepción al régimen público de las sesiones plenarias", aclara.

El actual equipo de Gobierno de Santa Cruz de Tenerife, formado por Coalición Canaria, Partido Popular y la edil Evelyn Alonso, también ha presentado ya su escrito de contestación a la demanda, en el que defiende la legalidad de todo el procedimiento de la moción de censura y con el que se opone a las "pretensiones" de los demandantes. Por lo tanto, ahora solo queda que el Juzgado continúa con las diligencias de este procedimiento y dicte sentencia sobre este asunto.

La exalcaldesa socialista Patricia Hernández gobernó Santa Cruz durante algo más de un año, después de arrebatarle el puesto, con el apoyo de los dos ediles de Cs (Matilde Zambudio y Juan Ramón Lazcano), incumpliendo las directrices de su partido, y de UP desde la oposición, al nacionalista José Manuel Bermúdez. La dimisión de Lazcano proporcionó a Bermúdez la posibilidad de recuperar la capital. Y lo consiguió el 13 de julio, con el apoyo del PP y de la edil Evelyn Alonso, que fue expulsada de Cs.