El Ayuntamiento de Santa Cruz no tendrá que devolver nada a Inversiones Las Teresitas (ILT), ni las parcelas de la playa ni un solo euro de los 115 millones que la empresa le reclamaba, a pesar de la nulidad del contrato de operación de compraventa celebrado en 2001. Así se establece en la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santa Cruz de Tenerife, con la que se exonera al Consistorio de indemnizar a la entidad, rechazando lo que esta pretendía, pues la nulidad del contrato fue declarada "por causa ilícita". De esta manera, la Corporación local también mantiene la titularidad de los polémicos terrenos de la playa.

En concreto, el fallo judicial determina que "se declara como efectos de la nulidad por causa ilícita del contrato de compraventa de 18 de septiembre de 2001, celebrado entre Inversiones Las Teresitas y el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, que el Consistorio no tiene obligación de devolver a Inversiones Las Teresitas el objeto del contrato", es decir, 11 fincas del frente de la playa, "manteniéndose la titularidad en el citado Ayuntamiento". "Y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad civil de la entidad ILT, declarada en la sentencia de 26 de marzo de 2019, dictada en el procedimiento penal".

En el procedimiento penal por la operación de compraventa de los terrenos, con la que la Corporación local adquirió a Inversiones Las Teresitas las parcelas de la playa por 53 millones de euros, casi el triple del valor establecido en un informe municipal, fueron condenados a penas de cárcel, entre otros, el exalcalde nacionalista Miguel Zerolo y los propietarios de Inversiones Las Teresitas, los empresarios Ignacio González (fallecido en prisión) y Antonio Plasencia. También se les condenó a devolver a la Corporación local casi 100 millones.

Pero antes de que se conociera la sentencia definitiva del procedimiento penal, Inversiones Las Teresitas presentó una demanda judicial contra el Ayuntamiento de Santa Cruz, por la vía civil, mediante la que reclamaba al Consistorio el pago de 115,9 millones de euros por la liquidación del contrato de compraventa del frente de la playa, a raíz de que este fuese anulado por el Tribunal Supremo en 2007.

Los empresarios alegaron que la nulidad del contrato se había producido por una irregularidad del Consistorio chicharrero, por lo que no estarían obligados a "devolver lo recibido", es decir, los 53 millones que pagó la Corporación local por las parcelas de la playa, con el fin "de prohibir la construcción de hoteles y de inmuebles con usos residenciales" en Las Teresitas.

Y no solo señalaban que no estaban obligados a devolver lo recibido, sino que reclamaban al Ayuntamiento de Santa Cruz la devolución "del valor de lo entregado". En concreto, exigían que se condenase al Consistorio a abonarles el valor de las 11 parcelas de la playa y su aprovechamiento urbanístico "al tiempo de su pérdida, esto, al día en que se otorgó la compraventa, ante la imposibilidad de restitución in natura, conforme a la tasación o valoración que el Juzgado considere más ajustada". Asimismo, exigían que se condenase al Ayuntamiento al pago de la indemnización de daños y perjuicios.

Este procedimiento civil, en el que se trataba la nulidad del contrato de compraventa y, por lo tanto, los efectos de la misma, fue suspendido hasta que se resolviese el penal. La sentencia se hizo pública ayer, la cual rechaza las pretensiones de ILT y da la razón al Ayuntamiento. Este pidió la desestimación "de la acción, al resultar improcedentes las peticiones por ser ilícita la causa del contrato por un hecho constitutivo de delito". Asimismo, el Consistorio reclamó que se dictase sentencia "sobre el fondo, resolviendo acerca de la titularidad de las fincas".

"Tanto la actora como la demanda solicitan en este procedimiento la determinación de los efectos civiles de la nulidad del contrato, sobre la base de la devolución de las cosas que fueron objeto del mismo (fincas y dinero) con la complicación de si era o no posible tal devolución, al no tener, a día de hoy, los mismos aprovechamientos urbanísticas. Una vez firme la sentencia dictada en el procedimiento penal, las peticiones han de ser desestimadas", establece la jueza María Carmen Serrano. Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días.

El Ayuntamiento de Santa Cruz celebra que quede asegurada la titularidad municipal de los terrenos de la playa. "El Consistorio conserva el dominio de forma totalmente gratuita, sin perjuicio de la obligación que tienen los condenados de devolver a las arcas municipales el dinero de la compraventa más sus intereses".