La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Santa Cruz debe indemnizar, con casi 20.000 euros, a la empresa constructora que derribó el polémico inmueble número 23 de la calle Puerta Canseco, en la zona de Miraflores, por el tiempo que estuvo la obra parada, a raíz de que el área de Patrimonio Histórico del Cabildo ordenase la suspensión de los trabajos. Así lo establece el Consejo Consultivo de Canarias en un dictamen emitido este mes, en el que, además, se indica que lo ocurrido, en el anterior mandato, se debió a una "mala praxis administrativa" por parte de Urbanismo.

El Consejo Consultivo de Canarias ha determinado que la propuesta de resolución emitida por el Consistorio chicharrero respecto a este asunto y que es objeto del citado dictamen, con la que el Ayuntamiento pretendía que el Cabildo asumiese el abono de la indemnización a la entidad Isieve por haber paralizado la demolición autorizada previamente por Urbanismo, "no es conforme a derecho".

En diciembre de 2016, Urbanismo declaró la situación legal de ruina de esta vieja casa de Miraflores, dando la posibilidad al propietario de optar por la completa rehabilitación del inmueble o por su demolición La empresa Isieve solicitó la segundo para construir nuevas viviendas. El Ayuntamiento, a través de Urbanismo, le concedió la licencia para el derribo en octubre de 2017. Una vez iniciadas las obras, el Cabildo dictó una resolución, de fecha 11 de diciembre del mismo año, ordenando la "suspensión de forma inmediata y con carácter cautelar" de los trabajos, porque, y según la Corporación insular, el inmueble contenía valores propios del Patrimonio Histórico de Canarias susceptibles de protección.

El Ayuntamiento interpuso un recurso contencioso administrativo, pero la Justicia le dio la razón al Cabildo. Y es que según la Corporación insular, en la capital hay unos 500 inmuebles que deben ser protegidos, a pesar de no formar parte del catálogo incluido en el PGO (Plan General de Ordenación) del municipio. El Consistorio chicharrero solicitó un informe sobre los valores patrimoniales del edificio, en el que se estableció que este ya no los tenía. Urbanismo levantó en mayo de 2018 la suspensión del derribo ordenada por el Cabildo, cinco meses después desde que se suspendieron los trabajos.

La empresa propietaria del solar presentó una reclamación solicitando una indemnización por el tiempo en el que estuvo parada la obra y por las actuaciones de seguridad que tuvo que llevar a cabo por la suspensión de la demolición. El Ayuntamiento solicitó un dictamen al Consejo Consultivo de Canarias, tal y como lo adelantó EL DÍA en su momento, pero este le instó a reiniciar el expediente para determinar si la responsabilidad era de Urbanismo o del Cabildo.

En la resolución del Ayuntamiento se concluye que debe ser la Corporación insular la que pague, decisión que rechaza el Consejo Consultivo de Canarias. "Cuando Urbanismo declaró la ruina del inmueble y concedió licencia de demolición, debió antes cerciorarse, mediante informes técnicos de especialistas en la materia, de que este carecía de valores históricos. No se explica la tardanza de Urbanismo en levantar la medida cautelar acordada por el Cabildo (de suspensión del derribo), porque de haber actuado adecuadamente, emitiendo los correspondientes informes en el momento oportuno, podía haber levantado la medida acordada por el Cabildo de una manera inmediata", dice el dictamen.