El área de Patrimonio Histórico del Cabildo de Tenerife ordenó ayer la suspensión cautelar de las obras de demolición de una vivienda ubicada en el número 53 de la calle Imeldo Serís, al entender un inspector de este departamento insular que puede existir en ella "algún elemento arquitectónico" susceptible de ser conservado por su valor.

Fuentes de la Corporación insular indicaron que se trata, en todo caso, de una suspensión "cautelar" y que la vivienda será evaluada "a la mayor brevedad" para tomar una decisión definitiva al respecto.

La casa del número 53 presentaba desde hace años un elevado estado de deterioro y una parte de ella estaba cubierta por una malla anticascotes. Es más, fuentes del Ayuntamiento de Santa Cruz consultadas ayer reconocieron que había costado que los propietarios se decidieran a intervenir en ella.

La Gerencia de Urbanismo de Santa Cruz, ya presidida por Juan Ramón Lazcano, había concedido la licencia de obra el pasado 22 de julio. Lo hizo como con cualquier otra obra de este tipo.

Y es que la casa en cuestión no está ni incluida en el catálogo de inmuebles protegidos de la capital, ni tampoco figura entre los más de 500 que planteó en su momento el Cabildo de Tenerife que se debían proteger y que se quedaron fuera del actual Plan General de Ordenación (PGO).

Por eso, la decisión del área insular de Patrimonio Histórico causó ayer cierta sorpresa y malestar en el Consistorio capitalino.

Acuerdo entre administraciones

Cabe recordar que tras varias discrepancias entre el Ayuntamiento y la Corporación insular a cuenta de la protección de ciertas viviendas, durante el mandato pasado se llegó al acuerdo entre ambas administraciones de que cualquier licencia de obra que concediera el consistorio sobre inmuebles susceptibles de protección tuviera previamente el visto bueno insular.

La idea era también que en la tramitación del nuevo Plan General se acordara qué inmuebles debían incluirse en el catálogo de protección para evitar conflictos como los que se produjeron en el pasado.

Este caso, sin embargo, puede abrir una nueva vía de discrepancia, pues se trata de una casa que no tiene, en principio, valores patrimoniales que fundamenten su protección.