Cinco años después de que se iniciara el conflicto entre el ayuntamiento de la capital y los exempleados de la empresa de recaudación voluntaria, propiedad de Félix Marrero, la justicia ha vuelto a dar la razón a los extrabajadores, incidiendo en la necesaria asunción de los mismos por parte del consistorio.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) del pasado 24 de julio ratifica otros dos pronunciamientos anteriores, que, ya firmes, obligaban al consistorio a readmitir a todos los empleados de la Recaudación Voluntaria, por entender que se estaba ante una cesión ilegal de trabajadores, con la particularidad de que siguen cobrando sus salarios sin que se les haya atribuido trabajo efectivo. El ayuntamiento había presentado un recurso de suplicación tras el último fallo cuyo fundamento era evitar la incorporación material de los trabajadores reclamantes.

"Es obvio, como se deduce inequívocamente del relato de los hechos probados en la sentencia recaída en las presentes actuaciones, que ni al inicio ni durante la relación laboral de los actores existían sus plazas en la RPT, ni tampoco cuando se dictó la referida sentencia, y, a pesar de ello, sostenían el servicio de recaudación municipal desde el año 1992", recoge la última sentencia del TSJC.

También añade que "por ello, como quiera que no ha quedado acreditada la imposibilidad jurídica del ayuntamiento para incorporar a su plantilla al personal de la recaudación tributaria en vía voluntaria, no procede declarar extinguida su relación laboral en sentencia".

Al respecto, recuerda el abogado de los afectados, José Luis Arias Machuca, el consistorio utilizó como nuevo motivo de oposición a la ejecución que la relación de plazas en la que pretenden ser encuadrados los ejecutantes han de ser cubiertas necesariamente por personal funcionario.

Sin embargo, la magistrada que instruye el caso aclara que los motivos alegados por el ayuntamiento han sido objeto de varias resoluciones judiciales, todas en sentido desestimatorio.

Además, continúa Arias Machuca, el ayuntamiento pretendía que los exempleados, al carecer de la condición de funcionarios, pudieran ser reubicados a través de la vía de la movilidad funcional, recurriendo excepcionalmente a la suspensión de los contratos, hasta que fueran surgiendo servicios municipales en los que sí pudieran realizar las tareas que su titulación les permitiera, "y como es de recibo, lógico, y jurídicamente aplicable al caso, no se les otorga la razón, y ello porque volveríamos a estar ante un acto ilícito y viciado de nulidad por no tener sustento legal, jurídico y fáctico".

El fallo del TSJC aclara que dicha opción no puede admitirse como ejecución de la sentencia, pues lo impide la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18, párrafo 2º, de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Y es que, según añade el fallo del TSJC, si bien pueden producirse soluciones "pactadas" en el ámbito de la ejecución definitiva de sentencias, para ello haría falta, entre otros requisitos, el acuerdo entre las partes, debiéndose velar judicialmente por el "necesario equilibrio de las prestaciones y la igualdad entre ellas".

La sentencia concluye que la propuesta planteada por el ayuntamiento no tiene encaje legal, dado que el título que ahora se ejecuta "nada contempló respecto a una movilidad funcional", con eventual suspensión de los contratos de trabajo mientras se reubicara a los empleados en otros puestos distintos a los que venían ejerciendo con anterioridad al despido.

"Es obvia la quimera dilatoria que acontece al proceder del Consistorio, que, con grave negligencia y necesitando puestos de trabajo los ha ocupado a posteriori por otro personal, mediante procesos selectivos y ha permitido que se abonen los salarios que pagamos todos los contribuyentes, al personal de la recaudación voluntaria, que ganó su proceso, al que la justicia le ha dado la razón y al que sólo le ha quedado implorar su ocupación efectiva", sostiene José Luis Arias Machucha.

El letrado añade que se ha dado "una situación de empecinamiento, sin base fáctica y jurídica que justifique este proceder y con grave perjuicio no solo para los trabajadores, sino también al propio ayuntamiento". "Es una dejadez y falta de iniciativa intolerable", sentencia.

"Se ejecutará en los términos determinados"

El nuevo concejal de Hacienda y Recursos Humanos de la capital, José Sabaté, manifestó ayer que la última sentencia del TSJC, comunicada hace unos días, está siendo estudiada por los Servicios Jurídicos municipales, pero avanzó que, en cualquier caso, el consistorio la ejecutará "en los términos estrictos que se determinan" en ella.

El anterior equipo de gobierno de Santa Cruz (CC y PP), informó en septiembre de 2018 que las UTS se reforzarían con personal -en concreto ocho trabajadores- procedente de la recaudación voluntaria. En total eran 23 los afectados.