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José María Lizundia

Violación del gobierno del derecho de asilo: Mohamed Behalima

Con la extradición del militar argelino desertor, por denunciar a su ejército por corrupción, el gobierno español se ha saltado la Constitución española (este gobierno insólito lejos de ser garante del cumplimiento de la Constitución acumula vulneraciones), propia legislación, la internacional, decisiones judiciales, informes y peticiones de organismo internacionales como Amnistía internacional y la ONU, y la Comisión Española de Ayuda al Refugiado.

Varios principios de derechos internacional incorporados a las legislaciones nacionales, en nuestro caso a la Constitución española, con el derecho de asilo protege de la extradición solicitada por el país del refugiado. La protección legal no actúa solo cuando ya ostenta esa condición jurídica sino durante su tramitación. Es decir, ha de aplicarse el principio de legalidad y de seguridad jurídica. Países como Francia, tienen a gala considerarse la patria del asilo, tras ella van los países escandinavos. En general los países occidentales son muy rigurosos en el cumplimiento de los derechos de los refugiados, como ocurre ahora mismo con Suecia y Finlandia en relación con los kurdos asilados en esos países ante las demandas de Turquía, que de ser al revés ya estarían entregados. Se integra en la cultura política de nuestros países democráticos, forma parte de su ADN político y legal.

Cuando el juez Llarena solicitó la extradición de Puigdemont detenido en Alemania, la condición que impuso el juez del land alemán fue que tenía que ser juzgado por el equivalente del delito que tuvieran ellos tipificados, que no era la rebelión sino uno inferior, por lo que el juez no prosiguió con la extradición.

La violación del derecho de asilo con Mohamed Behalima es singularmente rastrera y despreciable por cuanto a este militar argelino se le pide la pena de muerte, o con suerte, cadena perpetua. El militar Benhalima había denunciado la corrupción en el seno del ejército argelino. Las circunstancias son más graves por cuanto se acordó su expulsión sin tiempo a recurrir esa mediada ya que se le comunicó dos horas antes del despegue del avión; denegación de asilo y expulsión fueron inmediatos, pero hay más, la Audiencia Nacional había enviado la prohibición de expulsión al Centro de Internamiento de Extranjeros, en tanto no se resolviese su petición de asilo. Ese centro se justificó: ¡error!, y los organismos internacionales advirtieron de probables torturas y malos tratos.

La arbitrariedad y no sujeción a la ley definen como despótico al gobierno Sánchez, una más es el indulto de la diabólica y tarada María Sevilla, la secuestradora de su hijo, frente a la fiscalía y sin posible apoyo legal. Despotismo, toreo al poder judicial y leyes demenciales.

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