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Con la Iglesia hemos topado: sobre los abusos a menores

En el libro dirigido por el latinista y académico de la Lengua Juan Gil Fernández, titulado La ocasión la pinta calva (Círculo de Lectores, 2016) se recogen 300 historias de dichos y expresiones.

En este libro, a pesar de tener un capítulo titulado Con la Iglesia hemos topado, no se recoge la explicación de esta expresión. En el citado capítulo sí se recogen los siguientes dichos y expresiones: a santo de qué, acabar como el rosario de la aurora, adelante con los faroles, chivo expiatorio, como alma que lleva el diablo, comulgar con ruedas de molino, cosa del otro jueves, dar vela en este entierro, de Pascuas a Ramos, donde Cristo dio tres voces, el séptimo cielo, estar en capilla, estar en misa y repicando, hacer la pascua, írsele a alguien el santo al cielo, la de Dios es Cristo, llamar a capítulo, llegar y besar el santo, no estar/encontrarse muy católico, otro gallo le cantara, para más/mayor inri, perder el oremus, quedarse para vestir santos, sapos y culebras y ser un viva la virgen.

En el trágico tema de los abusos a menores en el seno de la Iglesia, quizás el lector piense que con la Iglesia hemos topado significa que no se puede hacer nada. Pero lea con atención las expresiones ya citadas que se recogen en el libro referido y quizás alguna le cuadre para lo que se hace, no se hace o se quiere hacer.

Sobre esta importante cuestión, cualquier iniciativa para luchar contra ese fenómeno, que no sólo se circunscribe a la Iglesia, hay que valorarla positivamente.

Ya saben que instancias políticas supremas, no parece que sea una iniciativa del aludido, han decidido que sean investigados por el Defensor del Pueblo, que según el art. 54 de la Constitución es un alto comisionado de las Cortes Generales designado para la defensa de los derechos fundamentales y libertades públicas para lo cual podrá supervisar la actividad de la Administración.

Pero surgen algunas dudas sobre el papel del Defensor del Pueblo en este terreno. ¿Es la Iglesia esa Administración? O quizás, ¿el Defensor del Pueblo supervisará a la Administración Pública (¿incluido el Poder Judicial y el Ministerio Fiscal?) para comprobar cómo se defienden o no los derechos de las víctimas de estos abusos?

Desde luego, los abusos a menores es un tema recurrente, recurrido y referente en la lucha contra una realidad resistente. Digamos recalcitrante. Y, ciertamente, necesitado de políticas rehabilitadoras de una moral y ética rebajadas al ruin recoveco del más rechazable reducto, recóndito, del irredento.

Porque de redención se trata y porque no todo está imposible. Redimidos los pecados, se reconforta el espíritu. Por desgracia, ojalá me equivoque, me temo que vienen tiempos de espectáculo o, quizás, seguimos en los tiempos del espectáculo. Por ejemplo, lanzando a curas pederastas a la hoguera de la Inquisición de los medios de comunicación y redes sociales. Desprovistos de las garantías del proceso penal. Despellejo.

Mientras, las víctimas, que deberían obtener la tutela judicial sin circos mediáticos, pueden ser llevadas al victimismo lacerante de sus propias heridas en lugar de a una reparación justa. Tendremos la evocación de relatos sin número para un sinnúmero de relatos olvidados. De relatos asentados, enraizados, en la singular memoria del niño espantado, al que se le ha robado la infancia, sin cuyo testimonio, ya frágil por el paso del tiempo, el oprobio caería en la abismal sima de lo ignoto.

Pero, ¿por qué hay que seguir el espectáculo? ¿Por qué, voces y gritos ante lo que sólo tiene remedio con una eficaz y silenciosa labor de la Justicia?

Los abusos sexuales a menores son delitos. Por favor, lean el Código Penal. Y como delitos deben tratarse. Lo demás, podría ser calificado de espectáculo perjudicial para todos. Quienes tienen la obligación de investigar, perseguir y castigar los delitos, si no queremos caer en la irremediable y reprochable búsqueda de otros réditos inconfesables, son los órganos a los que la Constitución asigna esta misión, es decir, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la Fiscalía y el Poder Judicial.

Si, de verdad, queremos hacer una política tendente a investigar, perseguir y castigar estos delitos vayamos al grano. Reforcemos a los que tienen como misión constitucional la justicia penal y dejemos para las tertulias de café lo demás. Que al fin de cuentas es en ellas donde el espectáculo cobra la vida que no debe de tener en la Justicia, a pesar de que la labor será ardua si no queremos hacer luz de gas y dejar en la estacada a las víctimas.

Es cierto que podrá decirse que si los hechos están prescritos, al menos, cabrá una reparación moral y quizás económica para los damnificados que hayan sido reconocidos por el Defensor del Pueblo. Pero siempre he defendido que la prescripción, como causa extintiva de la responsabilidad penal, tiene que ser declarada judicialmente, previa apertura de las correspondientes diligencias penales, y no por cualquiera.

Ruego que se me entienda lo que quiero decir y cómo lo digo. Verdad es que voy contracorriente. Pero si el gobierno quería impulsar en esta materia una actuación de la Justicia en defensa del interés público podría haber utilizado la facultad legal que le permite dirigirse a la Fiscalía para ello y darle medios para ello. Esa era la opción jurídicamente más viable y razonable. ¿Por qué no lo ha hecho? Quien sabe.

Como dice la voz del pueblo y con expresiones del libro citado al inicio de este artículo, zapatero a tus zapatos, que no es cuestión que vayamos como Pedro por su casa ni por los cerros de Úbeda, si no queremos seguir viviendo en tiempos de Maricastaña y en la inopia. Dicho sea con todos los respetos, a pesar de los pesares.

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