La semana pasada, la Abogacía del Estado hizo públicas sus alegaciones contra el recurso presentado ante el Constitucional por la mayoría de la cámara balear –con los votos en contra de PSOE, Podemos y Vox– por considerar que los Presupuestos del Estado de este año no contemplan el denominado factor de insularidad, uno de los preceptos establecidos por el nuevo Régimen Especial de Baleares, aprobado por el Consejo de Ministros en febrero de 2019, un par de meses antes de las elecciones autonómicas. El REB de Baleares, redactado copiando el de Canarias, establece un sistema de compensación del hecho insular, que –en declaraciones de la ministra Isabel Celaá, durante la presentación del decreto que lo aprobaba– debía servir como «instrumento financiero para garantizar que Baleares reciba cada año inversiones estatales que la sitúen en la media del conjunto de Comunidades Autónomas». Una letra y una música que aquí, en la España tropical, nos suena ya vieja.

Igual que nuestro REF, el balear establecía medidas económicas para financiar actuaciones en transporte, incluyendo los descuentos en el transporte marítimo y aéreo de los residentes, y otros beneficios para el tráfico de mercancías. Y también medidas fiscales, bonificaciones en el Impuesto de Sociedades y en la renta, por inversiones en Baleares. Quizás algún lector recuerde que esa declaración provocó cierta suspicacia en Canarias, al considerar que el Gobierno Sánchez había regalado por decreto a los ciudadanos baleares, –ya en precampaña– unos privilegios que en Canarias costó siglos hacer valer. Los alarmados perdieron el tiempo: el Gobierno se ha pasado el REB que le regaló a Francina Armengol por el mismo arco de triunfo por el que suele pasarse el de Canarias.

La Abogacía del Estado considera no sólo que incumplir con las compensaciones a la insularidad no es inconstitucional, sino que el Estado no está en absoluto obligado a incorporar ese criterio a sus Presupuestos. Con sorprendente beligerancia, la Abogacia pone en duda además las cifras presentadas por el recurso del Parlamento balear –votado por la oposición y los nacionalistas– y tilda a quienes presentaron el recurso de «desleales», una afirmación cuando menos chocante viniendo de donde viene. Para justificar la inexistencia de compensaciones, la Abogacía asegura que el Gobierno ya invierte en el archipiélago mediterráneo, destinando recursos a Defensa o a la construcción de puertos y aeropuertos.

Los colegas isleños lo tienen crudo: Canarias ha presentado ya unos cuantos recursos de inconstitucionalidad, ganando la mayor parte de ellos, y aun así, el Gobierno se ha pasado mismamente nuestro REF por el arco de triunfo, a pesar de ser el fuero canario un instrumento con gran tradición histórica. Aunque su antecedente más obvio es el antiguo régimen de Puertos Francos, algunos autores consideran que su origen data de las provisiones y privilegios reales de finales del siglo XV, otorgados a los señores de las islas. Además, nuestro REF dispone de un mayor anclaje legal: está incorporado a la Constitución, en su Disposición Adicional Tercera, donde se declara que es perfectamente compatible con la Carta Magna, y donde se protege su núcleo esencial, regulado en el artículo 166 del actual Estatuto de Autonomía. Canarias tiene también un reconocimiento especial de la Unión Europea como región ultraperiférica, con políticas económicas y fiscales específicas.

A pesar de eso, todos los Gobiernos españoles han violentado o preterido sistemáticamente el REF, la última vez hace unos meses, saltándose el diferencial del sector audiovisual canario. Baleares estrena sus peripecias ante el Constitucional con este primer recurso, apoyado también por la parte nacionalista del Govern. Les deseo suerte, pero en Canarias aún no sabemos qué ocurrirá con nuestro Parlamento, con mayoría de izquierdas. Quizá nos encontremos con la sorpresa de Nueva Canarias votando en contra del fuero…