El asunto del Sahara no es fácil. Desde principios del siglo XV a España le apetecía, en su afán expansivo, viajar por la costa del continente africano y por eso conoció las islas Canarias y las conquistó entre 1402 y 1496. También gustaba de bojear el litoral que va desde el Mediterráneo hasta el ecuador africano y estableció algunos puntos logísticos principalmente para la pesca, particularmente en lo que hoy es Sahara occidental. De hecho conformó un pequeño imperio colonial, entre el océano Atlántico y el desierto del Sahara, entre el Mediterráneo y Guinea Ecuatorial después de firmarse el Tratado de Tetuán tras la guerra de África en 1860. Años más tarde, después de celebrarse en 1884 la Conferencia de Berlín, en la que las potencias coloniales europeas se repartieron el territorio africano, España reclamó sus derechos sobre el Sahara occidental.

Terminada la guerra española y una vez constituida la ONU después de la segunda gran guerra europea, el gobierno español solicita de la ONU su incorporación a la misma en 1955. Entonces el Comité especial para la descolonización del Sahara, de acuerdo con el capítulo XI de la Carta de las Naciones Unidas pregunta a España si tenía responsabilidades de administrar los llamados Territorios No Autónomos (TNA). El gobierno español presenta documentos y en 1958 contesta oficialmente a Naciones Unidas de manera negativa, por cuanto el Sahara es una provincia española. No obstante a partir de 1963 el Comité especial y la Asamblea General de la ONU inician un proceso en el que pedían a España, en diferentes resoluciones, la descolonización del territorio sahariano y la autodeterminación de sus habitantes por medio de un referéndum.

Mientras tanto se van conformando movimientos políticos de liberación en contra de la presencia de España en el Sahara y en 1973 se conoce el bautizo del Frente Poliario que aglutinó a un grupo importante de jóvenes saharauis preocupados por la independencia de su territorio. A lo largo de los años de la década de 1970 conviven en los diferentes pueblos del Sahara, miles de españoles y saharauis, sobre todo en Smara y el Aiun, en Bucrá y en Dajla (Villa Cisneros). Así hasta 1975 y 1976, años en los que se producen acontecimientos significativos.

Mientras el general Franco agoniza en España, noviembre de 1975, el rey de Marruecos, Hassan II, organiza y pone a caminar la Marcha Verde con el apoyo de otros países interesados en el futuro del Sahara. Decenas de miles de personas bajan de norte a sur camino del Sahara para ocuparlo. El príncipe de España, Juan Carlos de Borbón, contacta con Hassan II y con Kissinger, y propicia la firma en Madrid, 14 de noviembre, una Declaración de principios entre España, Marruecos y Mauritania sobre el Sahara occidental. La manifestación documental consta de seis principios y el último punto señala que el acuerdo entrará en vigor el mismo día en que se publique en el B.O.E. la "Ley de descolonización del Sahara", que autoriza al Gobierno español para adquirir compromisos que condicionalmente se contiene en este documento. Por el interés que nos ocupa recordaremos que los restantes cinco primeros principios apuntan que: 1º.- España ratifica su resolución de descolonizar el territorio del Sahara occidental poniendo término a las responsabilidades y poderes que tiene sobre dicho territorio como Potencia Administradora (sic). 2º.- De conformidad con la anterior determinación y de acuerdo con las negociaciones propugnadas por las Naciones Unidas con las partes afectadas, España procederá de inmediato a instituir una Administración temporal en el territorio en la que participarán Marruecos y Mauritania en colaboración con la Yemaá y a la cual serán transmitidas las responsabilidades y poderes a que se refiere el párrafo anterior. En su consecuencia, se acuerda designar a dos Gobernadores Adjuntos, a propuesta de Marruecos y Mauritania, a fin de que auxilien en sus funciones al Gobernador General del territorio. La terminación de la presencia española en el territorio se llevará a efecto definitivamente, antes del 28 de febrero de 1976. 3º.- Será respetada la opinión de la población saharaui, expresada a través de la Yemaá. 4º.- Los tres países informarán al Secretario General de las Naciones Unidas de lo establecido en el presente documento como resultado de las negociaciones celebradas de común acuerdo con el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas. 5º.- Los tres países intervinientes declaran haber llegado a las anteriores conclusiones con el mejor espíritu de comprensión, hermandad y respeto a los principios de la Carta de las Naciones Unidas, y como mejor contribución al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. (sic).

1976 fue un año fatídico para el Sahara, ya que por un lado se aprueba por la jefatura del estado español, del que era responsable en ese momento el príncipe Juan Carlos de Borbón, la Ley 40/1975, de 19 de noviembre, sobre descolonización del Sahara; y por otro, el Real Decreto 2258/1976, de 10 de agosto, sobre opción de la nacionalidad española por parte de los naturales del Sahara. Como reacción al Acuerdo de Madrid y a la aprobación de la ley española sobre la descolonización del Sahara, y a la cesión ilegal del territorio al reino de Marruecos muchos saharauis reaccionaron creando una república árabe saharaui democrática denominada RASD. Se estableció en Argelia y es reconocida por más de 70 países así como por la Organización de la Unidad Africana (OUA). Se retira Mauritania del conflicto y comienza una guerra entre marroquíes y saharuis, se construye un muro por Marruecos que divide en dos al territorio y muchos de los saharauis se ven obligados a emigrar y refugiarse en el desierto argelino, en los campamento de Tinduff. La ONU no es capaz de cerrar el enfrentamiento bélico sino después de un alto el fuego donde se negocian soluciones como el referéndum entres otras alternativas a la paz. Los jóvenes saharauis se van a estudiar a otros países y los niños, las mujeres y los mayores se quedan defendiendo lo que les queda. Lo pudimos comprobar en 2001 formando parte de una delegación especial del Parlamento Europeo.

Ahora nos encontramos, en el año 2020, también el de la pandemia de la covid-19, con un problema delicado en materia de nacionalidad derivado de una anómala situación de las decenas de miles de saharauis, muchos de ellos canarios, que fueron españoles en la etapa entre 1958 y 1976, con DNI incluidos, cuando el territorio del Sahara occidental era provincia española tal como le confirmó España a la Comisión Especial de la ONU sobre la descolonización de los TNA después que España se incorporase a la ONU. ¡Lo que faltaba con el Sahara!

El problema que ha surgido es consecuencia de una sentencia del Tribunal Supremo (TS) que declara que el Sahara no puede ser considerado España a los efectos de la atribución de la nacionalidad de origen del artículo 17.1.c) del Código Civil. En nuestra opinión y en la de los tres magistrados que plantearon un voto particular al Pleno de la Sala Primera del TS que estimó el recurso de casación interpuesto por la D.G. de los Registros y del Notariado contra la sentencia de la Audiencia provincial de Baleares que había declarado la nacionalidad española de origen de la demandante, nacida en el Sahara occidental en 1973, cuando era territorio español, en concreto una provincia española numerada como la 53, no estamos de acuerdo con la sentencia y tenemos que confiar en el sentido común que es el Derecho para corregir el entuerto jurídico del TS. Al parecer el voto particular, al que se unieron dos magistrados mas, fue emitido por una magistrada que fue catedrática de Derecho Civil de la Universidad de La Laguna (ULL), en Canarias. Como siempre el Derecho es interpretable pero sí pedimos que los próximos Tribunales se quiten la arena de los ojos y lean con tranquilidad las normas españolas y los documentos de la Comisión Especial de las Naciones Unidas para la descolonización del Sahara.

Como podrán comprobar el Sahara sigue vivo y además de considerar las acciones anunciadas y señaladas en la prensa por el delegado del Frente Polisario en Canarias, Hamdi Mansur, como es la de elevar recurso ante el Tribunal Constitucional y ante la justicia europea, cabe otra posibilidad y es la de cambiar la Ley. Se trata de acudir a la clase política española para modificar en las Cortes Generales, el Código Civil español en relación a la opción de la nacionalidad española por parte de los naturales del Sahara. Como lo hicimos algunos grupos políticos canarios en los primeros años de la década de 1990 cuando se consiguió modificar el Código Civil para incluir como españoles a los emigrantes que por razones laborales se habían visto obligado a cambiar su nacionalidad española por la de algunos países iberoamericanos, casos de Cuba y Venezuela. Me refiero al PSOE, al PP y a Coalición Canaria siendo presidente del gobierno español, Felipe González, y presidente del gobierno de Canarias, Manuel Hermoso. Eligio Hernández, Fiscal General del Estado, José Mendoza, vicepresidente y responsable de la emigración canaria, y el que suscribe, como viceconsejero de relaciones institucionales de Canarias, junto con el apoyo del diputado del PP, Miguel Cabrera Pérez-Camacho, lo conseguimos. Me alegro conocer la posición del actual consejero del gobierno de Canarias, Julio Pérez, responsable de las Administraciones públicas, de impulsar modificaciones legislativas en el sentido de evitar la consolidación de la doctrina judicial dictada por el TS en la materia comentada.

Como el movimiento se demuestra andando una buena manera de celebrar los 35 años de europeísmo, por parte de España, el 10 de junio de este año 2020, es solicitando de la UE y de manera particular del Alto comisionado de Acción Exterior y Política de Seguridad y vicepresidente de la Comisión Europea, Josepp Borrell, el apoyo ante las Naciones Unidas de la descolonización del Sahara, dialogando y buscando soluciones junto con España y Marruecos. No se olviden que el territorio del Sahara es vecino de Canarias a no más de cien kilómetros.

(*) Exsenador por Canarias y exdiputado europeo