El controvertido fenómeno de la alienación parental presenta diversas caras, todas ellas igualmente rechazables por lo que suponen de drama psicológico para sus víctimas. Resulta de sobra conocido que los legisladores van siempre por detrás de las realidades sociales, pero todavía demuestran una mayor miopía en la espinosa problemática de los niños alienados por uno de sus progenitores -aquel que se dedica a instilarles argumentos de odio y de rechazo-, uno de cuyos exponentes más perverso es la inducción a la falsa memoria. En torno a dicha cuestión, tanto psiquiatras como psicólogos llevan tiempo dando la voz de alarma sobre esta específica patología de la salud mental.

Las prácticas utilizadas no se limitan a trasladar una serie de datos falsos sobre el comportamiento de la madre o del padre no custodios (es una mala persona, nos van a echar a la calle porque no paga la hipoteca, no te compro este artículo porque no abona la pensión, no acudes a la actividad extraescolar porque se niega), sino que se incrementa de un modo alarmante la transmisión de vivencias falsas amparada en la falta de recuerdos por mor del transcurso del tiempo (tú eras muy pequeño para acordarte pero te pegaba cuando eras un bebé, a mí me insultaba y me amenazaba, llegaba a casa borracho o drogada). Estas tergiversaciones acaban derivando en la criminalización de quien no convive con el menor como consecuencia de una separación o un divorcio altamente conflictivos. En otras palabras, quien después del pleito obtiene la guarda y custodia, cuenta con más instrumentos para ganarse la mente y el corazón de los hijos, aunque sea a costa de dibujar un perfil de su expareja profundamente negativo y escasamente ajustado a la verdad. Todo parece indicar que este fenómeno se ha producido en los tres secuestros de menores descubiertos estos dos últimos meses a madres de la Plataforma Infancia Libre.

Es estricta obligación moral de todo progenitor facilitar a sus vástagos una relación sana y cordial con ese tercer vértice de la familia al que ya no ven a diario. No me cansaré de insistir en que la ruptura de una pareja no debe implicar en modo alguno la anulación o adulteración del nexo íntimo con sus descendientes. Se trata de relaciones absolutamente independientes y, por ende, los pequeños tienen el mismo derecho a disfrutar de ambas figuras, materna y paterna, si al menos no existen circunstancias concretas que desaconsejen su mantenimiento. Se da la paradoja de que, aunque el propio Consejo General del Poder Judicial considera la sustracción física y emocional de los niños como una nueva forma de maltrato infantil, los Juzgados, amparándose en la dificultad probatoria, no suelen admitir esta variante de agravio como causa de privación de la custodia o de la patria potestad del progenitor actuante, pese a que hunde sus raíces en nuestro sistema de valores, principalmente en el de la dignidad de la persona recogido en el artículo 10 de la Constitución Española.

Y es precisamente en virtud de su proyección en el marco del Derecho de Familia, como cauce de reconocimiento de los derechos sucesorios, por lo que son cada vez más numerosos los afectados que piden asesoramiento legal para redactar unos testamentos donde se refleje ese abandono emocional por parte de sus hijos, con el fin de desheredarles en la edad adulta. Sirva como ejemplo una reciente sentencia del Tribunal Supremo dando la razón a una mujer residente en Vizcaya que quiere desheredar a dos de sus hijos por infligirle reiteradamente los citados maltrato y abandono. El sufrimiento de un padre o de una madre generado por culpa de la alienación parental no es baladí y viene a sumarse al de sus propios hijos que, si bien son los principales damnificados, no lo son en exclusiva. Así pues, exigir de los adultos un plus de madurez y de generosidad en estos procesos de descomposición familiar es, por el bien de todos, el principal punto de partida.

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