Caso Koldo
¿Por qué Ábalos puede seguir siendo diputado a pesar de los delitos por los que está imputado?
El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente muestra en un auto su "estupor" ante el hecho de que el exdirigente del PSOE siga siendo parlamentario de pleno derecho

LUCÍA FEIJOO VIERA / FOTO: JOSÉ LUIS ROCA
José Luis Ábalos seguirá en libertad después de haber declarado este miércoles ante el magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente, que le investiga por una presunta trama de adjudicaciones irregulares de contratos en el seno del Ministerio de Transporte, mientras él estaba al frente. El auto dictado por Puente da cuenta del "estupor" que considera siente la sociedad ante el hecho de que Ábalos siga siendo diputado de pleno derecho del Congreso, pese a los "consistentes indicios de la eventual comisión de muy graves delitos". A continuación, todas las claves para entender por qué sigue siendo parlamentario:
En el auto en el que mantiene en libertad a Ábalos, el juez del Tribunal Supremo muestra su sorpresa porque el exdirigente socialista siga ejerciendo "las altas funciones que corresponden a un miembro del Congreso de los Diputados (entre ellas, el control de la acción del Gobierno y la aprobación de normas con rango de ley)" dados los indicios de criminalidad que existen en su contra por delitos relativos a la función pública. Afirma que este hecho debería ser motivo de "reflexión", dando a entender que se deberían modificar las normas actuales para poder retirar el acta de diputados ante casos semejantes.
Una vez elegido diputado en unas elecciones generales, el Reglamento del Congreso deja claro que esa persona solo pierde su escaño en cuatro situaciones muy concretas: por una decisión judicial firme que anule su elección o proclamación; por fallecimiento o incapacitación declarada por decisión judicial firme; por extinción del mandato al terminarse la legislatura; o porque presente su renuncia ante la Mesa del Congreso.
Es más, la Ley Orgánica General del Poder Judicial establece que son "inelegibles" aquellos que sean "condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el periodo que dure la pena" o los condenados por sentencia, aunque todavía no sea firme, por delitos de rebelión, terrorismo, contra la Administración Pública... Esta "inelegibilidad" puede ser sobrevenida y, por lo tanto, incompatible con el ejercicio del cargo de diputado. En el caso de Ábalos no se cumple ninguno de estos escenarios.
El Reglamento del Congreso también contempla la opción de suspender a un diputado de sus derechos y deberes parlamentarios. Esta opción, reglada en el artículo 21 de la norma, contempla los casos en los que, "concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento", el diputado se halle "en situación de prisión preventiva y mientras dure esta". Ábalos, que fue objeto de un suplicatorio, sigue en libertad, por lo que no se le podría aplicar, y, además, de haber ingresado hoy en prisión no habría aún auto de procesamiento, por lo que no cumpliría los requisitos exigidos para suspenderle.
El juez afirma que, "desde luego", no "podría ser acordada la prisión provisional, ignorándose las exigencias legales extensamente referidas a lo largo de este auto, con el (indebido) propósito de colmar las exigencias derivadas de la actual redacción del Reglamento del Congreso para que pueda producirse la suspensión del diputado”.
El juez Puente admite en el auto que sería necesario modificar el Reglamento de la Cámara baja para poder retirarle el escaño a Ábalos y defiende que "la presunción de inocencia no sería obstáculo" para ello. No obstante, reconoce que al Poder Judicial no le compete la "modificación de las normas" ni, tampoco, ignorar las "exigencias legales" para acordar la prisión provisional de Ábalos y así "colmar las exigencias derivadas de la actual redacción del Reglamento del Congreso".
Ante el auto de Puente, fuentes cercanas a la presidencia del Congreso señalan que el papel del Poder Judicial es "cumplir las leyes, no opinar sobre ellas" y señalan que el Tribunal Supremo no les ha comunicado ni "autos ni sentencias" que afecten a Ábalos, por lo que nada pueden hacer. Así, recalcan que están cumpliendo con el reglamento vigente y que este es el que se debe cumplir.
Suscríbete para seguir leyendo
- El restaurante de Tenerife al que tienes que ir sí o sí: sirven los mejores churros de pescado de la isla
- Fin a las vibraciones al circular por las calles adoquinadas de la plaza del Cristo: tendrán bandas de rodadura con asfalto
- Celia Cruz reina en el cartel anunciador del Carnaval de Santa Cruz de Tenerife 2026
- Los ocho chiringuitos de la playa de Las Teresitas, de nuevo disponibles
- Condenados a pagar 30 millones a víctimas del ‘timesharing’ en Tenerife
- Viernes tenso en el Campus de Guajara por la visita sin permiso de Vito Quiles
- La Laguna llama a la calma ante el reducido alumbrado navideño del casco: «No está terminado»
- El Muñeco de Nieve de Santa Cruz de Tenerife pasará por el cirujano plástico




