TRIBUNALES
El Supremo confirma que no amnistía a Puigdemont y abre la vía para que recurra al TC
El expresident catalán acusaba al alto tribunal de emplear una "resistencia virulenta" para no aplicarle la ley de amnistía, una decisión que pidió anular para así derivar este asunto al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

El expresidente de la Generalitat y presidente de Junts, Carles Puigdemont, en una imagen de archivo / JUNTS - Archivo
EFE
El Tribunal Supremo ha confirmado la decisión de no amnistiar el delito de malversación del expresident catalán Carles Puigdemont y del exconseller Antoni Comin, lo que abre la vía para que ambos recurran al Tribunal Constitucional (TC).
La Sala de lo Penal ha dictado un auto este miércoles en el que rechaza admitir a trámite los incidentes de nulidad presentados por Carles Puigdemont y Comin contra el auto de la misma sala del pasado 9 de abril, que confirmó la no aplicación de la ley de amnistía al delito de malversación, por el que ambos están procesados en la causa del 'procés'.
Puigdemont acusaba al alto tribunal de emplear una "resistencia virulenta" para no aplicarle la ley de amnistía, una decisión que pidió anular para así derivar este asunto al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
El letrado Gonzalo Boye ya reconocía en su escrito que la ley obliga a "este vacuo trámite procesal" y "más cuando es evidente que estamos abocados a continuar el procedimiento en sede constitucional", lo que vaticinaba el escenario futuro.
Porque ahora tiene el camino despejado para poder acudir, ahora sí, al Constitucional, como ya lo han hecho el exvicepresident catalán Oriol Junqueras y los exconsellers Raul Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull, cuyos amparos no se resolverán, como pronto, hasta otoño.
El expresident podrá recurrir a la corte de garantías una vez que el Supremo ha rechazado los motivos que alega en su incidente de nulidad, al explicar que "la forma de introducir el debate sobre la competencia constituye un manifiesto abuso de derecho".
Esto es así, continúa, porque "se pretendía la inhibición del tribunal sin aportar justificación alguna y sin que se diera a las partes la posibilidad de conocer con la suficiente antelación la cuestión para formular las alegaciones".
Además, el Supremo carga contra Puigdemont por omitir todas las veces que el instructor Pablo LLarena, y la propia sala se ha pronunciado sobre la competencia, "dado que han sido muchas las ocasiones en que las defensas han planteado esta queja y otras tantas las veces en que ha sido desestimada".
Y también deja claro que se reiteran varias cuestiones que ya fueron respondidas por el tribunal, de manera que "el incidente de nulidad no puede ser cauce para reiterar argumentos coincidentes con los ya utilizados en el recurso de apelación".
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