Tribunales

La jueza de la dana rechaza investigar al jefe de Climatología de la Aemet y pide la llamada que movilizó a los bomberos al barranco del Poyo

Pide a las 13 acusaciones populares y 21 particulares que se pronuncien sobre los indicios de responsabilidad penal por los 228 homicidios y lesiones imprudentes contra los dos acusados antes de decidir si las unifica

Retirada de muebles y objetos embarrados tras la dana en la calle Santa Ana de Paiporta.

Retirada de muebles y objetos embarrados tras la dana en la calle Santa Ana de Paiporta. / Miguel Angel Montesinos

Laura Ballester

València

La titular del Juzgado de Instrucción 3 de Catarroja (Valencia) Nuria Ruiz Tobarra que investiga los 228 fallecimientos de la dana del 29 de octubre notificó ayer cuatro nuevos autos de la instrucción en los que rechaza investigar al jefe de Climatología de la Aemet (Agencia estatal de Meteorología), José Ángel Núñez Mora, como pedía el Partido Político Valores; pide a las 13 acusaciones populares y 21 particulares que se posicionen sobre los indicios de criminalidad de los dos investigados ante una posible unificación, reclama la llamada que movilizó a los bomberos al barranco del Poyo a las 12.45 horas del 29 de octubre (que después se retiraron sin que sepa por qué); y acepta nuevos afectados de la Asociación damnificados dana Horta Sud, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). Entre las decisiones adoptadas, la magistrada ha dictado uno en el que rechaza tomar declaración como investigado al jefe de Climatología de la en la Comunidad Valenciana, José Ángel Núñez Mora, como había solicitado la acusación popular que ejerce el partido político Valores.

La magistrada señala que la petición del partido político Valores de que se reciba declaración como investigado al técnico de la Aemet "muestra un patente desconocimiento, no sólo de lo sucedido el 29 de octubre de 2024, sino también en los días previos, la actuación que tuvo en el Cecopi (Centro de coordinación operativo integrado, el cerebro de la emergencia) el testigo, (a quien se le atribuye por dicha representación homicidios dolosos), como también se evidencia el desconocimiento de los tipos penales que son objeto de aplicación, atendiendo a lo ya resuelto por la Audiencia Provincial de Valencia en diversas resoluciones, y las previsiones y avisos de la Aemet".

"Acusaciones descabelladas", con "nula fundamentación"

La jueza Nuria Ruiz Tobarra también lamenta que la declaración de uno de los responsables de Aemet en la Comunidad Valenciana haya estado seguida de "la solicitud de toda clase de pretensiones y acusaciones sobre el mismo a cada cual más descabellada" y de "nula fundamentación y recorrido procesal". Entre otros argumentos, el representante de este partido aludía a la participación de Núñez Mora en el Cecopi (Centro de Coordinación operativa integrado, el cerebro de la emergencia). Y sobre el que la magistrada alude en su auto a las desconexiones de la reunión por videoconferencia: "Que se desconectara a la Aemet de la reunión del Cecopi, lo que se calificó desacertadamente como un 'periodo de trabajo exclusivamente presencial', especialmente por el nulo resultado de dicho trabajo, son circunstancias, decisiones o inactividades, que no se pueden achacar al testigo".

En el segundo auto, a solicitud de la acusación popular que ejerce Intersindical bajo la dirección letrada de Carmen Romero, la magistrada ordena a la Guardia Civil recabar las grabaciones de una llamada telefónica a la que aludió un trabajador de Emergencias en su declaración como testigo. En esa llamada, según su propio testimonio, se habría pedido al Consorcio Provincial de Bomberos, a las 12.48 horas del 29 de octubre de 2024, la remisión de bomberos forestales para vigilar el río Magro y el barranco del Poyo y que después se retiraron, sin que conste quién adoptó esta última decisión, lo que hizo que nadie detectara in situ el incremento de caudal del barranco del Poyo el 29 de octubre.2024.

El tercer auto da tres días a las acusaciones particulares y populares personadas para que se pronuncien sobre los indicios de responsabilidad penal por los homicidios y lesiones imprudentes contra los dos investigados, la exconsellera de Justicia Salomé Pradas y el ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, como paso previo a resolver sobre una posible unificación de las partes. Ambos alegaron que tantas acusaciones podría provocar dilaciones indebidas.

Interrogatorios a testigos como si fueran acusados

La magistrada considera que "no puede estimarse que concurran dilaciones indebidas, pero sí que se evidenció claramente en la declaración de la testigo Pilar Bernabé [...] que sí que se vió afectado el buen orden del proceso". Sobre todo "por la insistencia de algunas acusaciones, populares y particulares, y las defensas, en formular y repetir preguntas en las que basaban una inexistente responsabilidad penal de la testigo, pretendiendo convertir una declaración testifical en una auténtica declaración de investigado, pero con obligación de decir verdad". Tesitura que podría volver a repetirse.

De ahí que se plantee agrupar las acusaciones populares. Aunque, matiza, "no es preciso un especial conocimiento de las características y la ideología política de las formaciones, para saber que, si se acuerda que el letrado de Podemos, primero personado, deba asumir la defensa de Vox, Liberum, Valores o AVA, es absolutamente incompatible". Y similar situación se produce en las acusaciones particulares con "divergencias en la atribución de responsabilidad penal".

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