En el pleno
El TC declara inconstitucional el decreto con el que la Generalitat avaló las fianzas del 1-O en el Tribunal de Cuentas
La decisión, adoptada por 11 votos, aunque cinco magistrados eran partidarios de ir más allá, carece de efectos prácticos porque el fondo fue luego aprobado por ley y nunca fue impugnada

El letrado que defiende a Carles Puigdemont, Gonzalo Boyé, a su llegada a la Audiencia previa sobre el procés en el Tribunal de Cuentas.
El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido por 11 votos frente a uno declarar inconstitucional el decreto de la Generalitat que constituyó el fondo con el que se hizo frente a las fianzas impuestas por el Tribunal de Cuentas en el procedimiento seguido por la responsabilidad contable en la que se pudo incurrir por el 1-O y la acción exterior del Govern. La decisión, que no tiene efectos prácticos, llega en un momento en el que el procedimiento está pendiente de que se dicte sentencia, después de que la consejera encargada de ello elevara sus dudas sobre la ley de amnistía al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Fuentes de la corte de garantías señalan a EL PERIÓDICO que todos los magistrados, salvo María Luisa Balaguer, consideran inconstitucional el decreto ley que el Govern promulgó en un primer momento, porque no existían las razones de urgencia y necesidad que habrían constituido el principio habilitante para esa forma de tramitación. No obstante, cinco de los 11 magistrados harán votos concurrentes, al considerar que la inconstitucionalidad iba más allá del presupuesto habilitante y que también debía haberse declarado por falta de competencia de Catalunya y por vulneración de los artículos 117, 118 y 136 de la Constitución.
En cualquier caso, la decisión del pleno del Constitucional no tiene efectos prácticos, no solo porque todavía no se haya dictado sentencia en el procedimiento, sino porque solo se ha anulado el decreto ley y, con posterioridad, el fondo para avalar las fianzas fue aprobado a través de una ley que nunca fue impugnada y, por tanto, sigue en vigor.
Las fianzas impuestas a los expresidentes de la Generalitat Artur Mas y Carles Puigdemont, el exvicepresidente Oriol Junqueras y otros 31 encausados en concepto de liquidación provisional por un importe en un primer momento de 5,4 millones de euros tuvieron que ser cubiertas con avales del Institut Català de Finances (ICF). La consejera delegada encargada de la instrucción los rechazó, al entender que la garantía habilitada por la Generalitat con un decreto ley no puede amparar "las conductas dolosas o marcadas por actos realizados con negligencia o culpa grave". No obstante, la Sala de Enjuiciamiento revocó su decisión y los aceptó.
Se da la circunstancia de que la última decisión del propio Tribunal de Cuentas se basó en que la ley con la que la Generalitat terminó habilitando los avales a los que recurrieron 28 de los 34 encausados nunca fue recurrida. Como nadie cuestionó su legalidad, se encuentra en vigor, motivo por el que el Tribunal de Cuentas entendió que no podía rechazar unos avales amparados por esa norma, que prevé que en caso de condena definitiva el dinero sea devuelto a las arcas públicas.
Durante la instrucción, las fianzas finalmente exigidas quedaron reducidas a 3,1 millones de euros por parte de la fiscalía y prácticamente la misma cantidad por parte de la acusación Societat Civil Catalana. Tras la celebración de la vista, la consejera encargada de dictar sentencia, Elena Herráez, elevó una cuestión prejudicial al Tribunal de la Unión para resolver sus dudas sobre la aplicación de la amnistía es compatible con el derecho europeo en materia de malversación o desvío de dinero público.
- Detenido el consejero del CD Tenerife Rayco García
- Tres murgas del Norte en una final sin Diablos por primera vez en 29 años
- La denunciante de Rayco García, en su escrito: “No me arruines la vida”
- Okupas' toman dos casas en Santa Cruz y uno amenaza a vecinos con un cuchillo: la Policía no puede actuar
- Lección de Irónicos y Trapaseros a las murgas de Santa Cruz
- El jurado paralelo de EL DÍA califica a todas las murgas en la segunda fase del Concurso de Murgas Adultas de Santa Cruz de Tenerife
- Una nueva playa de arena negra en Santa Cruz de Tenerife
- Acta del jurado de Interpretación del Concurso de Murgas Adultas de Santa Cruz de Tenerife: Diablos fuera por ocho centésimas