Recurso de reforma

Puigdemont se remite a Europa para oponerse al auto del juez Llarena que le mantiene la malversación

Argumenta que en el otoño de 2017 no hubo ni malversación ni sedición, aunque, según él, el Estado haya tardado cuatro años en corregirse | Pide al magistrado del Supremo que vuelva a dirigirse al TJUE y le reprocha que ignore su inmunidad como parlamentario europeo

La defensa de Puigdemont durante una vista en el TGUE.

La defensa de Puigdemont durante una vista en el TGUE. / A.V.

Ángeles Vázquez

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ha optado por apurar el plazo para recurrir el auto del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena que le procesa por los delitos de desobediencia y malversación en su modalidad más grave, penada con hasta 12 años de prisión. En su recurso, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE CATALUNYA, del grupo Prensa Ibérica, el 'expresident' reprocha al instructor del 'procés' que le atribuya delitos que no se corresponden con su actuación, porque en el otoño de 2017 catalán, dice, no se cometió ninguno, y que ignore la justicia europea y el alcance de su inmunidad como diputado europeo.

Mientras que la fiscalía necesitó 10 páginas y la Abogacía del Estado, 14, para recurrir el auto de Llarena del pasado día 12, la defensa de Puigdemont, que ejerce el abogado Gonzalo Boye, 131. Las dos acusaciones públicas solo se refieren a la necesidad de incluir entre los delitos que se atribuyen al líder de Junts y al resto de huidos el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, penado con hasta cinco años de prisión, porque sería incardinable en su actuación más que la desobediencia por la que se decanta Llarena.

La defensa, en cambio, argumenta que su conducta no es encuadrable en ningún delito. "En Alemania se dictó una sentencia que, en términos reales, implicó la derogación de facto del delito de sedición, como el de rebelión, aun cuando el Legislador haya tardado más de 4 años en hacerlo efectivo y publicarlo en el Boletín Oficial del Estado", afirma el escrito.

Ningún delito

Añade que "ni antes de la reforma ni después de esta podía ni puede ser acusado del delito de sedición, mucho menos del de rebelión, ni del de desórdenes públicos del apellido que se le quiera poner porque en ningún sistema democrático los hechos de octubre de 2017 son incardinables en ningún tipo delictivo". "Lo mismo ha de suceder respecto del delito de malversación: los hechos que se les imputan son, a lo sumo, inexistentes, como sucede en el caso de la malversación fantasma de Unipost, que esta parte ha denunciado reiteradamente ante este Tribunal Supremo". 

"Lo mismo ha de suceder respecto del delito de malversación: los hechos que se les imputan son, a lo sumo, inexistentes, como sucede en el caso de la malversación fantasma de Unipost, que esta parte ha denunciado reiteradamente ante este Tribunal Supremo"

Asegura que todas las referencias que en este recurso se hacen al auto de procesamiento de 2018 y a la sentencia de octubre de 2019 "se hacen a los meros efectos de la discusión jurídica que aquí se plantea sin que se asuma ni la competencia para el dictado de esas resoluciones", ya que sigue cuestionando la falta de competencia del Tribunal Supremo para investigarle y juzgarle.

Un argumento al que suma el de que es aforado y goza de inmunidad por ser diputado del Parlamento Europeo, circunstancia que le hace reclamar a Llarena que plantee nuevas cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en relación con la causa que se sigue en su contra en España, con anterioridad a su elección como europarlamentario, e incluso con estar encausado en el Tribunal de Cuentas por responsabilidad contable por el 1-O y la acción exterior. En este sentido, alega que con él se vulnera el principio de 'non bis in idem', por el que se prohíbe ser juzgado dos veces por los mismos hechos.

El propio Llarena, al que Puigdemont recusó sin éxito por recibir un premio de una fundación que defiende la unidad de España, decidió posponer dictar nuevas euroórdenes contra Puigdemont y el resto de huidos a que el Tribunal de Justicia de la UE se pronuncie por las euroórdenes y el Tribunal General sobre el alcance de la inmunidad de la que goza el expresidente catalán tras la concesión del suplicatorio cursado por el juez español.