Por el 1-O y la acción exterior

El Tribunal de Cuentas rechaza parar la causa contra Puigdemont para tramitar el suplicatorio

Fiscalía y SCC, que reclaman 3 y 5 millones de euros, niegan que haya pedir autorización al Parlamento Europeo al no estar en juego medidas privativas de libertad | Las defensas alegan prescripción e incumplimiento del principio de cosa juzgada en la vista en la que se decidirán las pruebas para el juicio del 1-O y la acción exterior

Puigdemont pide al Tribunal de Cuentas que pare la causa al no tener el visto bueno el Parlamento Europeo.

Puigdemont pide al Tribunal de Cuentas que pare la causa al no tener el visto bueno el Parlamento Europeo.

Ángeles Vázquez

La consejera del Tribunal de Cuentas que determinará si hubo responsabilidad contable por el 1-O y la acción exterior del Govern, Elena Hernáez, rechazó la pretensión del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los 'exconsellers' Toni Comín y Clara Ponsatí de intentar eludir el procedimiento en su contra por no haber solicitado el correspondiente suplicatorio al Parlamento Europeo para recibir autorización para poder juzgarles junto a los otros 32 encausados.

El l fiscal jefe ante el Tribunal de Cuentas, Manuel Martín-Granizo, al igual que había hecho el abogado de Sociedad Civil Catalana (SCC), Juan Ramón Chapapría, negó la necesidad de solicitar el suplicatorio, porque los procedimientos por responsabilidad contable no precisan para su tramitación de su detención ni de su ingreso en prisión, lo que evita la necesidad de pedir autorización para investigar a un eurodiputado y hacerlo "sería contrario al propio Derecho de la Unión Europeo".

El abogado de los tres eurodiputados, Gonzalo Boye, que pidió la suspensión del procedimiento o al menos para sus clientes en la vista que constituye la última oportunidad de las defensas para evitar el juicio, también alegó que con ellos se incumplía el principio de 'nos bis in idem', por el que no se puede juzgar a una persona dos veces por los mismos hechos, lo que en este caso habría ocurrido, en su opinión, con la causa del 'procés' del Supremo y el procedimiento contable.

Su alegación, compartida por los abogados de los imputados en el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, donde tuvieron que aportar fianzas, fue rechazada por Hernáez en función de la distinta naturaleza de ambas acciones, la penal y la contable. El fiscal jefe, que señaló que forma parte de la "esencia" del órgano el actuar junto a la jurisdicción penal hasta la condena y recordó que el propio Supremo le encomendó la ejecución de la sentencia del 'procés'.

Uno libre

El que ya quedó fuera al comenzar la vista fue otro de los encausados, Jaume Mestre Anguera (que hacía el número 36), al estar solo acusado del gasto producido en la campaña Civisme, en la que se gastaron 326.000 euros, y renunciar a esa cantidad la fiscalía en su demanda, lo que sitúa la cantidad que reclama en su demanda sen 3,1 millones de euros.

La acusación que ejerce la Sociedad Civil Catalana se sumó, pero eleva la cantidad que debe restituirse a la Generalitat en 5 millones. Su abogado, Juan Ramón Chapapría, señaló que la diferencia entre las reclamaciones de su demanda y la de la fiscalía obedece a que esta se basa en la sentencia del Supremo para fijar su petición de restitución, mientras que SCC considera que ambos procedimientos, el penal, por malversación, y el contable, por el desvío de dinero público no constitutivo de delito, son compatibles y en este último se pueden reclamar cantidades que no dieron lugar a condena en el alto tribunal.

Chapapría se remitió a la argumentación de la propia consejera que preside la vista, Elena Hernáez, para negar que sea necesario para actuar contra Puigdemont solicitar un suplicatorio al Parlamento Europeo, así como para negar la prescripción alegada por las defensas y que se les estén juzgando dos veces por los mismos hechos. En este sentido, señaló que ni siquiera una sentencia penal absolutoria crea cosa juzgada de cara a un proceso contable, salvo que se declare probado que el hecho nunca ocurrió.

La consejera anunció que resolverá en cinco días la alegación ejercida por el propio Francesc Homs sobre el incumplimiento de cosa juzgada en su caso o en el del expresidente de la Generalitat Artur Mas por haber sido ya condenados por el propio Tribunal de Cuentas por el 9-N, lo que no ha impedido que ambos vuelvan a estar encausados por la acción exterior.