El Tribunal Constitucional tendrá la última palabra sobre el 25% de castellano en las aulas catalanas. El alto tribunal ha admitido a trámite los recursos presentados por 50 diputados del PP y de Cs contra tres artículos de decreto ley de 30 de mayo pasado que fijó los criterios aplicables para la elaboración, aprobación, validación y revisión de los proyectos lingüísticos de los centros educativos catalanes, y la ley que esquivó el cumplimiento del 25% obligatorio de castellano en las aulas, informaron a El Periódico de Cataluña fuentes del alto tribunal.

Los diputados conservadores impugnaron en concreto los artículos 2 a y d, 3.1 y 4.1 del decreto ley y el 2.1 y 2.4 de la ley sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria. La admisión a trámite de estas impugnaciones, que ahora empiezan su tramitación en el órgano de garantías, se suma a la cuestión de inconstitucionalidad que planteó el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sobre el decreto ley de la Generalitat que fija los criterios aplicables a la elaboración y validación de los proyectos lingüísticos de los centros educativos de los catalanes, normativa que buscaba responder a la resolución del propio alto tribunal catalán que obligaba a impartir el 25% de las clases en castellano.

El castellano, según el centro

Los artículos recurridos niegan la posibilidad de establecer un porcentaje para el estudio de una lengua y la vehicularidad del catalán en las escuelas, así como los preceptos que prevén que sean los centros quienes "tienen que elaborar un proyecto lingüístico que enmarque el tratamiento de las lenguas, con el contenido previsto legalmente, mediante las estrategias educativas y los recursos didácticos adecuados para alcanzar globalmente las competencias lingüísticas previstas en la normativa aplicable siguiendo los criterios fijados por el departamento competente en materia de educación".

Lo discutido de la ley consiste en que declara "el catalán, como lengua propia de Cataluña", la "normalmente utilizada como lengua vehicular y de aprendizaje del sistema educativo, y la de uso normal en la acogida del alumnado recién llegado", mientras que el castellano se deja al albur de los centros educativos.

La ley prevé que "la enseñanza y el uso curricular y educativo del catalán y del castellano" estén "garantizados y tener una presencia adecuada en los currículos y en los proyectos educativos a fin de que todo el alumnado alcance el dominio oral y escrito de las dos lenguas oficiales al final de la educación obligatoria".