La justicia europea sigue dándole la espalda al presidente de Esquerra Republicana de CatalunyaOriol Junqueras. En esta ocasión ha sido el abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, Maciej Szpunar, quien ha recomendado a la corte europea que rechace el recurso de casación presentado por el líder republicano contra la decisión del Tribunal General de desestimar su queja, a raíz de la decisión de la Eurocámara que tomó nota de la atribución del escaño obtenido por Junqueras en las últimas elecciones europeas a su compañero Jordi Solé. Según el análisis preliminar, el recurso es inadmisible y el entonces presidente del Parlamento Europeo, David Sassoli, actuó correctamente declarando su escaño vacante.

Junqueras fue elegido eurodiputados en las elecciones europeas de mayo de 2019. El resultado fue proclamado por la Junta Electoral Central el 13 de junio pero al no recibir el permiso del Tribunal Supremo para ir a acatar la Constitución, tal y como exige la normativa nacional española a todos los electos, su escaño fue declarado vacante una semana más tarde. Cinco meses después el líder independentista fue condenado por el Tribunal Supremo a 13 años de prisión y otros tantos de inhabilitación absoluta lo que le impide acceder a cargos públicos. 

La decisión supuso el inicio de una batalla legal que llevó al TJUE a dictaminar en diciembre de ese año, en un primer tirón de orejas al Supremo, que el líder de ERC debería haber sido reconocido como eurodiputado desde la proclamación de los resultados de las elecciones europeas y gozar de inmunidad. Un día después la eurodiputada de ERC, Diana Riba, solicitó al entonces presidente del Parlamento Europeo, David Sassoli, que adoptara con urgencia, medidas para confirmar la inmunidad de Junqueras. 

Sentencia del Supremo

Dos semanas después la Junta Electoral Central declaró la inelegibilidad del político catalán por haber si condenado a una pena de cárcel. En un auto el 9 de enero de 2020, el Supremo consideró que no procedía autorizar el desplazamiento de Junqueras a la sede del Parlamento, ni acordar su libertad, ni declarar la nulidad de la sentencia de 14 de octubre de 2019, ni tramitar el suplicatorio de suspensión de la inmunidad parlamentaria ante el Parlamento. Además, estimó que, dada la fase en la que se encontraba el proceso penal contra Junqueras en el momento de su elección al Parlamento, este no gozaba de inmunidad parlamentaria según el Derecho español.

El presidente de la Eurocámara declaró entonces vacante el escaño lo que llegó a Junqueras a imponer un recurso ante el Tribunal General que fue declarado inadmisible en diciembre de 2020. Junqueras decidió entonces recurrir en casación. Un recurso que lleva a priori el mismo camino que los anteriores ya que los jueces suelen seguir en la mayoría de los cosas la recomendación. El abogado general, que recomienda desestimar este nuevo intento en un procedimiento que agotaría la vía en Luxemburgo, considera que el presidente de la Eurocámara estuvo acertado al informar al pleno del Parlamento Europeo del fin del mandato del político a raíz de que fuera condenado en las sentencias del procés. También rechaza las alegaciones de la defensa de Junqueras de que el Parlamento Europeo no tenía competencias para revisar la causa de incompatibilidad que llevó ala pérdida del escaño y concluye que el Tribunal General actuó correctamente.