El salario de los aproximadamente 5.500 trabajadores contratados por embajadas, consulados, agregadurías o consejerías en el exterior debe revisarse anualmente o, al menos, adaptarse a la realidad de cada país. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado el recurso de la Administración contra la sentencia de 2020 que declaraba “vulnerado el derecho a la negociación colectiva del personal laboral al servicio de la Administración General del Estado, al no haberse procedido a la revisión anual de sus salarios”. 

Comisiones Obreras presentó en 2018 una demanda tras más de una década en la que no se produjeron subidas salariales para el personal laboral exterior, el que no es funcionario o diplomático. Se trata de los mayordomos, chóferes, personal doméstico de las embajadas, administrativos de los consulados, analistas de las consejerías comerciales o personal de la Agencia Española de Cooperación, entre otros.

En los últimos meses, los trabajadores de embajadas y consulados de Reino Unido han llevado a cabo varias huelgas para protestar por la congelación salarial de la mayoría de los últimos 13 años, además de otras demandas laborales por su incierta situación tras el Brexit. A esas reclamaciones se han sumado sus homólogos en otros países, sobre todo europeos. El Ministerio de Exteriores ha propuesto como solución temporal usar una partida de “hasta un millón de euros” para ocho países, anglosajones y del norte de Europa, que aún tiene que ser aprobada.

“Con la sentencia de hoy, la Justicia le está diciendo a la Administración: usted lo está haciendo mal, basta ya de ignorar una realidad que se cae por su propio peso. Hay que abrir la mesa de negociación para el personal laboral en el exterior sí o sí”, dice a El Periódico de España, diario del mismo grupo, Prensa Ibérica, que este periódico, Osmany Llanes-Melo, secretario general de la Sección de Servicio Exterior de CCOO.

Discriminación frente a los funcionarios

Los representantes de los trabajadores aseguran que se está discriminando a los trabajadores con contrato laboral frente a los funcionarios y diplomáticos. Estos últimos, además de beneficiarse de los acuerdos por los que se empezó a regularizar el sueldo en las Administraciones Públicas desde 2016, tras los años de congelación por la crisis, también se les ajusta el salario cada año por un sistema llamado “de módulos”, que tiene en cuenta el coste de la vida y la inflación en cada país.

Al personal laboral exterior (PLEX) se le dejó fuera de ese acuerdo de subidas, y tampoco se retomó la negociación anual para fijar las retribuciones por países y zonas geográficas que se venía llevando a cabo desde el acuerdo entre Administración y Sindicatos de 1990.

El fallo del TSJM de este 23 de mayo, al que ha tenido acceso este diario, rechaza el recurso por defecto de forma presentado por la Abogacía del Estado porque no especificaba las normas legales presuntamente vulneradas. “Sin este elemental requisito, las alegaciones o consideraciones jurídicas que se efectúen son ineficaces, como ocurre en el presente supuesto, pues es al recurrente, y no a la Sala, a quien incumbe poner de manifiesto qué normas legales relacionadas con esas alegaciones se han infringido en la sentencia de instancia [de lo social]”.

Comisiones Obreras pide retomar el proceso de negociación colectiva del PLEX, y recuperar la fórmula de revisión salarial anual “que se respetó escrupulosamente entre 1990 y 2009, permitiendo mantener el poder adquisitivo durante ese periodo”. Y de esta forma solventar la “descomunal pérdida de poder adquisitivo que en la mayoría de los casos ronda el porcentaje de dos dígitos”. 

PLEX de Finlandia, Noruega y Suecia

En este contexto, la solución de continuidad propuesta por el Ministerio de Exteriores (la subida de entre el 8% y el 10% en Reino Unido y, en principio, Australia, Canadá, Estados Unidos, Finlandia, Suecia, Dinamarca y Noruega) aún está por concretarse. 

La decisión final debe tomarla la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR). Ninguna de las partes interesadas dice saber en qué plazos se adoptará.

Además, esa partida de dinero para mitigar el incendio laboral en las embajadas y consulados no incluye a otro tipo de personal, como los que trabajan en las consejerías comerciales (que dependen del Ministerio de Comercio); del Instituto Cervantes (Cultura) o las agregadurías de Defensa, Educación o Trabajo. 

Desde la delegación de UGT de Finlandia, Noruega y Suecia se pide que se incluya también en la actualización salarial a estos trabajadores. “Queremos que se ocupen de todos los trabajadores del exterior, no solo de los de Exteriores”, dice a este diario José García, secretario del sindicato en la Federación Finlandia-Noruega-Suecia. “La mayoría de las misiones diplomáticas carecen de personal porque las condiciones salariales son muy malas. En algunas no se llega ni al salario mínimo. La gente no llega a final de mes y se marcha; en muchos sitios hay falta de personal”, explica.