El juez Miguel Florit y la Audiencia Provincial de Palma vulneraron derechos fundamentales de los periodistas Kiko Mestre, de Diario de Mallorca, y Blanca Pou, de Europa Press, durante la investigación del caso Cursach. Esta es la conclusión del Tribunal Constitucional (TC), que ha estimado los recursos presentados por ambos profesionales. La sentencia señala no solo que debió permitirse su personación como perjudicados tras la requisa de sus teléfonos móviles y ordenadores para averiguar las fuentes de sus informaciones, sino también que no se ponderó debidamente que esa intervención afectaba directamente a derechos constitucionales como el de la libertad de información y el secreto profesional.  El fallo declara vulnerado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y aunque anula varias resoluciones dictadas sobre este asunto y ordena retrotraer las actuaciones, esto aunque no tendrá efectos prácticos.

El juez Miguel Florit -ya jubilado- ordenó a finales de 2018 el rastreo de las llamadas y la incautación de los teléfonos de ambos periodistas en el marco de una investigación por revelación de secretos para averiguar quién les daba información sobre el caso Cursach. El Constitucional señala que se trataba de medidas «especialmente invasivas e indiscriminadas» que suponían una «grave intromisión en la intimidad» de Pou y Mestre, que no estaban siendo investigados por delito alguno. Además, esta decisión de Florit, avalada después por la sección primera de la Audiencia Provincial de Palma, «afectaba directamente al derecho al secreto profesional de los periodistas y podían generar un efecto disuasorio en la colaboración de los ciudadanos con los medios de prensa», hecho que no fue debidamente ponderado, recoge el fallo. «Las limitaciones a la confidencialidad de las fuentes periodísticas deben estar sometidas a un control de proporcionalidad mucho más riguroso que cualquier otro medio de investigación», concluye la sentencia del TC, que marca así la «especial protección» que deben tener los profesionales de la información.

Además, el tribunal señala que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de Mestre y Pou al no permitirles personarse en el procedimiento para defender sus intereses y recurrir la incautación de sus móviles en sucesivas resoluciones de Florit y de la Audiencia Provincial. Entiende el TC que los dos periodistas estaban completamente legitimados para ser parte en la causa judicial abierta porque afectaba a sus derechos fundamentales. «Las resoluciones judiciales privaron indebidamente del amparo al correspondiente control judicial» a los dos profesionales, señala la resolución, que concluye que ni el juez instructor ni la Audiencia Provincial valoraron debidamente esta circunstancia.