El Tribunal Supremo ha suspendido el juicio contra la diputada de la CUP Eulàlia Reguant por un delito de desobediencia al negarse a contestar a la acusación que ejercía Vox en la vista oral que se siguió en el propio alto tribunal contra los líderes del 'procés', y ha acordado que las actuaciones retrocedan hasta el momento en que el fiscal presente escrito de acusación e inste la apertura de juicio oral o solicite el sobreseimiento de las actuaciones.

El pronunciamiento de la Sala, presidida por Miguel Colmenero, obedece a una de las cuestiones previas planteadas por la defensa de la diputada del Parlament, que ejerce el abogado Daniel Amelang, y que fue apoyada por el fiscal Carmelo Quintana, en relación con el error en la tramitación del procedimiento que se produjo por la adquisición de la condición de aforada del Parlament por parte de la acusada, hecho que, pese a ser comunicado al Juzgado de Instrucción número 10 de Madrid no supuso que la causa se mandara al Supremo, donde le correspondía dado su fuero.

El diputado de la CUP Xavi Pellicer anunció a las puertas del alto tribunal, momentos antes de que comenzara la vista oral contra Reguant, que la Fiscalía había rebajado su petición de pena de seis meses de prisión y otros tantos de inhabilitación a cuatro meses, una petición en cualquier caso suficiente para hacerle perder su escaño en la Cámara catalana viendo el precedente de Alberto Rodríguez, que lo perdió en el Congreso por una prisión de 45 días que la misma sentencia sustituía por multa.

El diputado del Parlament explicó que la rebaja obedecía a que el último escrito procedía de la Fiscalía del Supremo, mientras que el anterior lo era de la Provincial, hecho argumentado por la defensa de Reguant, ejercida por el letrado Daniel Armelang, para pedir la nulidad de las actuaciones en el trámite de cuestiones previas con el que comenzó la vista oral.

El abogado calificó de "extemporánea" la modificación del ministerio público y pidió la nulidad de actuaciones por haberse instruido la causa en su contra por un juzgado madrileño que no era competente para proceder contra una aforada ante la Sala Segunda. En la misma categoría incluyó el primer escrito fiscal, procedente del ministerio público madrileño y no de la del alto tribunal.

El ministerio público, por su parte, representado en la vista por Carmelo Quintana, pidió al tribunal que rechazara todas las cuestiones previas, y en cuanto a esta alegación sostuvo que cualquier problema se subsanó al asumir las actuaciones el órgano competente.

La defensa también argumentó que Reguant ya fue multada, junto al entonces diputado de la CUP Antonio Baños, por el propio Tribunal Supremo por negarse a contestar a Vox al declarar como testigo, sanción prevista cuando no está ante un delito como el que ahora se está juzgando. De ahí que entendiera que se la castigaba dos veces por unos mismos hechos.

Objeción de conciencia

En línea con su escrito de defensa, Amelang argumentó que Reguant ejerció una especie de objeción de conciencia al negarse a contestar a Vox por motivos ideológicos y argumentó la vulneración de sus derechos políticos y de representación de los votantes que la llevaron a la Cámara competente.

En este sentido, la fiscalía se preguntó en qué modo se han podido vulnerar los derechos ideológicos de Reguant y recordó que la conducta de la acusada fue "una negativa radical" a contestar a ninguna pregunta que le realizaba la acusación, no a las que pudieran declarar impertinentes, por lo que debe ser condenada penalmente. Y recurrió a la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el expresidente catalán Quim Torra por negarse a retirar los lazos amarillos de los edificios dependientes de la Generalitat para negar cualquier vulneración de derechos.

Reguant, que ha solicitado servicio de traducción para declarar ante el tribunal, también quiso contestar solo en catalán a los periodistas que la aguardaban en el Supremo. Pellicer señaló que la acusada solo responderá a su defensa, quien sostiene que su negativa a responder a Vox se enmarca en una objeción de conciencia que no debe ser castigada.

Diputados de la CUP, ERC, Bildu y Junts per Catalunya acudieron al Supremo a apoyarla.