Estima el recurso
El Tribunal de Cuentas revoca el veto y admite ahora los avales del Govern catalán para cubrir las fianzas de la acción exterior
La decisión ha sido adoptada por dos votos a uno, al entender que afecta al derecho de defensa de los encausados | La resolución, que se dará a conocer en próximos días, tiene en cuenta que la norma en la que se basan no está impugnada

Fachada del Tribunal de Cuentas. / EP
Ángeles Vázquez
El Tribunal de Cuentas ha revocado por la mínima la decisión de la delegada instructora del procedimiento abierto por la responsabilidad contable en la que se pudo incurrir por la acción exterior del Govern catalán y ha acordado admitir los avales del Institut Català de Finances (ICF), utilizados por los expresidentes de la Generalitat Artur Mas y Carles Puigdemont, el exvicepresidente Oriol Junqueras y otros exaltos cargos del Govern para cubrir los 5,4 millones de euros que se les impuso en concepto de liquidación provisional.
Fuentes del tribunal han señalado a EL PERIÓDICO que el auto en el que se acuerda estimar los recursos presentados por las defensas se conocerá en los próximos días, porque deberá ser redactado de nuevo, ya que la ponencia que llevaba a las deliberaciones la consejera Rebeca Laliga ha decaído, al no ser apoyada por los otros dos consejeros que integran la Sala de Justicia que debía revisar los recursos, Diego Íñiguez y Rosario García.
Laliga, que en la última renovación del órgano fiscalizador fue nombrada consejera a propuesta del PP, era partidaria de ratificar la decisión de la delegada instructora Esperanza García, que entendía imposible aceptar un aval público por una acción que podía proceder de una responsabilidad contable, como tampoco podría serlo de un delito . Al quedarse en minoría plasmará sus argumentos en un voto particular.
Ley en vigor
La posición de Íñiguez y García se basa en que la ley con la que la Generalitat que habilitó los avales nunca fue recurrida y por tanto se encuentra en vigor, por lo que el Tribunal de Cuentas no puede rechazar unos avales que en cualquier caso tendrán que ser devueltos en caso de condena definitiva.
Para llegar a ese punto, previamente los magistrados entendieron que los recursos presentados por los encausados debían ser tramitados en función de la ley reguladora del órgano fiscalizador, ya que afectaban al derecho de defensa de los encausados, porque en juego están sus bienes y propiedades, que cuando pusieron como garantía cuando los avales fueron rechazados.
De hecho, tanto Mas como el que fue su 'conseller' de Presidencia, Francesc Homs, intentaron poner sus viviendas como aval. Estaba pendiente porque el embargo que se les impuso por la condena de la consulta del 9-N, en 2014, no se levantó hasta hace unas semanas.
Fuera definitivamente
Por otra parte, en un auto al que ha tenido acceso este diario la consejera de cuentas Elena Hernáez se ha expulsado definitivamente del procedimiento a la Abogacía del Estado, la Generalitat, el Diplocat y la entidad Abogados Catalanes por la Constitución, puesto que ninguno de ellos ha presentado escrito de demanda de responsabilidad contable.
De momento solo lo ha hecho Sociedad Civil Catalana que reclama 5,3 millones de euros, aunque a partir de ahora la fiscalía dispone de 20 días para formalizar la suya propia.
La Abogacía del Estado anunció antes incluso de que el procedimiento pasara a esta fase intermedia que se retiraría al entender que la única administración presuntamente perjudicada por la actuación de los encausados sería en su caso la Generalitat, por lo que debían ser sus servicios jurídicos los que se personaran si lo entendían conveniente.
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