Una resolución dictada por el titular del Juzgado Contencioso-Administrativo número 17 de Madrid declara que la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha vulnerado el derecho fundamental a la libertad sindical en el Hospital Enfermera Isabel Zendal por impedir el acceso al centro y no proporcionar los medios necesarios a los y las delegadas sindicales y de prevención de riesgos laborales de Comisiones Obreras (CCOO) para desarrollar la labor que tienen encomendada. La Administración autonómica tendrá que abonar, además, las costas del proceso.

La sentencia, de la que ha informado este lunes la organización sindical, obliga al SERMAS a que la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Madrid disponga partir de ahora de un local sindical propio y diferenciado, dotado de los medios materiales necesarios y adecuados para poder desempeñar el ejercicio de las funciones de representación sindical y como delegados de prevención de riesgos laborales, incluyendo el acceso a todas las dependencias.

 La respuesta judicial obedece a una demanda presentada por CCOO Sanidad Madrid el pasado 26 de marzo contra la decisión del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso de impedir la realización de las funciones sindicales y de representación en el Hospital Zendal. Ello contravenía, según los sindicatos, los acuerdos alcanzados en la mesa sectorial los días 29 de enero y 4 de febrero de este año.

En sus fundamentos jurídicos, la sentencia reconoce los citados acuerdos y afirma que la propuesta realizada por el sindicato para desarrollar las de prevención de riesgos laborales se hizo en tiempo y forma, pese a lo cual la dirección del hospital impidió el acceso de los sindicalistas a las dependencias del centro. 

Local diferenciado para cada sindicato

Asimismo, la sentencia advierte de que no se cumplió con el acuerdo de poner a disposición de cada uno de los cinco sindicatos de la Mesa Sectorial un local diferenciado, facilitando únicamente dos locales compartidos en un sótano del macrohospital, de muy difícil acceso a los profesionales del centro.

Para su argumentación, el magistrado-juez se ampara en la Constitución, en convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); en la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS), y en la jurisprudencia dictada por el ContenciosoAdministrativo y el Tribunal Supremo. Por ello, desestima la pretensión de inadmisibilidad del Gobierno regional y obliga a facilitar el acceso a los trabajadores sindicados.

Respuesta de la Consejería

Desde la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, consultada por El Periódico de España indican que van a analizar el fallo judicial "en su totalidad para valorar el alcance del mismo". Además, explican que los sindicatos con representación en la Mesa Sectorial de Sanidad (CC.OO., UGT, CSIT UP, AMYTS y SATSE) tienen a su disposición dos locales sindicales en este este centro hospitalario desde que se inauguró. 

Asimismo, añaden desde el departamento que dirige Enrique Ruiz Escudero, sólo los delegados de prevención de riesgos laborales de esos cinco sindicatos representados en la Mesa Sectorial pueden acceder a las zonas de hospitalización del centro, según determinó la Inspección de Trabajo tras una reclamación del CSIT Unión Profesional.