eldia.es

eldia.es

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Caso del 'procés'

El TC trata de arreglar con Puigdemont el "error" que cometió con el Estatut

El Constitucional eleva las exigencias para que las recusaciones de magistrados puedan prosperar

La sede del Tribunal Constitucional.

La decisión del Tribunal Constitucional de rechazar las 33 recusaciones con las que el expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont, los 'exconselleres' que huyeron con él y varios de los condenados en la sentencia del ‘procés’ trataron de apartar a los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel han significado un antes y un después en la forma de tramitar las recusaciones en el alto tribunal y, sobre todo, de que finalmente tengan éxito.

El cambio es tan sustancial que fuentes del alto tribunal rememoran el “error que se cometió con Pérez Tremps”, en referencia a la decisión que en 2007, durante la tramitación de los recursos del Estatut, tomó el pleno de apartar de las deliberaciones al magistrado Pablo Pérez Tremps, porque antes de incorporarse al tribunal había hecho un informe al respecto, pese a que es normal entre catedráticos, caladero habitual para elegir a los magistrados del Constitucional.

“Al aceptar apartarlo se modificaron las mayorías del tribunal y, previsiblemente también con ello, la sentencia definitiva que se dictó”, en la que se anularon varios artículos y otros se mantenían siempre que se interpretaran de forma acorde a la Constitución, destacan las fuentes del alto tribunal consultadas a El Periódico de Catalunya, diario del mismo grupo, Prensa Ibérica, que este periódico.

Falta de quórum

La recusación encabezada por Puigdemont trataba de apartar a Arnaldo y a Espejel de la resolución de los recursos del ‘procés’, como ya lograron con Cándido Conde-Pumpido y Antonio Narváez, que se apartaran voluntariamente ante incidentes semejantes, situación a la que contribuyó en gran medida que la que era vicepresidenta del TC entonces, Encarnación Roca, estuviera dispuesta a estimar la protagonizada por el segundo.

Bajo su nueva composición y estrenando actitud, la de consensuar entre las dos sensibilidades existentes una posición unitaria, el pleno del Constitucional llevó a rechazar de plano las recusaciones porque entendió que debía blindarse ante el intento de que quedara sin quórum para poder resolver los tres recursos contra la sentencia del Supremo aún pendientes, los de Oriol Junqueras, Dolors Bassa y Joaquim Forn, y los múltiples que se fueron interponiendo contra cualquier decisión de los tribunales.

El rechazo a las últimas 33 recusaciones del 'procés' fija un criterio contrario al que que se siguió con Pérez Tremps

decoration

De haberse no ya estimado, sino simplemente tramitado, los incidentes, solo habrían podido partido participar ocho de los 12 magistrados con los que cuenta el pleno para resolver estos recursos, el mínimo para que pueda hacerlo, ya que ni Narváez ni Conde-Pumpido podrían participar, pero tampoco aquellos cuya imparcialidad se alega que está comprometida.

Para ello habría habido que esperar a que se recuperara Alfredo Montoya, que se encuentra de baja por enfermedad, y rechazar el intento de apartar de la de Arnaldo al presidente del tribunal, Pedro González-Trevijano, por la amistad que se les atribuye. Sin ambos no se llegaría a los ocho mínimos.

Ideología connatural

Así las cosas, el tribunal rechazó de plano por unanimidad todos los incidentes en aplicación del artículo 4.1 de su ley reguladora que le confiere la obligación de defender su propia jurisdicción. En concreto dice que "delimitará el ámbito de su jurisdicción y adoptará cuantas medidas sean necesarias para preservarla, incluyendo la declaración de nulidad de aquellos actos o resoluciones que la menoscaben", lo que entiende que se pretendía con las recusaciones planteadas.

Pero además fija un nuevo criterio por el que se defiende la ideología de los magistrados del Constitucional, a los que diferencia de los de la jurisdicción ordinaria, cuya cúspide es el Supremo, por varias razones, como que, a diferencia de que no tienen recambio, pero también que sus miembros son elegidos desde distintas instancias para reflejar el sentir de toda la sociedad española y mantener un "enorme equilibrio político": el Gobierno y el Consejo General del Poder Judicial eligen a dos magistrados cada uno, mientras que con el apoyo de tres quintos el Congreso y el Senado, a propuesta de los Parlamentos autonómicos, eligen a otros cuatro, respectivamente.

Eligen entre personas de una altísima cualificación y experiencia, por lo que muchos se han pronunciado con anterioridad sobre muchos aspectos, lo que no puede significar que justo por ello sean apartados del debate jurídico posterior. Evitar que un magistrado participe en las deliberaciones altera ese equilibrio ideológico que la Constitución le confirió, señalan las fuentes consultadas, que apuntan a que los tribunales europeos, quienes acabarán viendo los asuntos del 'procés', también se han tenido blindado ante iniciativas que pretendían alterar su funcionamiento.

Compartir el artículo

stats