La Junta Electoral Central (JEC) está a punto de sancionar a la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por tres actos celebrados en abril, en la precampaña electoral del 4-M, informan a 'El Periódico de España' fuentes del organismo. La cuantía de la multa puede ser de 2.400 euros como máximo.

Dos magistradas, Esperanza Córdoba y Concepción Rosario Ureste, afrontan la fase final de sendos expedientes por tres actos protagonizados por la dirigente del PP los días 8, 12 y 16 de abril. Estos dos últimos eventos se han fundido en un único procedimiento.

La Junta Electoral Provincial ya amonestó a Díaz Ayuso con más de 600 euros por esos mismos eventos. Semanas más tarde, los dos procedimientos fueron anulados por la propia JEC al encontrar defectos de forma. Sin embargo, la mayoría de los vocales del órgano que supervisa todos los comicios en España tomaron una decisión inesperada: efectivamente había que dejar sin efecto los expedientes sancionadores, pero no podían quedar impunes los actos de Ayuso. Hallaron indicios de vulneración de la ley y optaron por asumir los dos procesos.

Así consta en el acuerdo que la JEC adoptó en la sesión del 16 de septiembre. Por regla general, dado que en lo contencioso-administrativo suele ser así, el plazo máximo para la resolución es de tres meses. Quedarían, por consiguiente, algo más de dos semanas.

La historia de esta sanción a Ayuso que nunca llega es rocambolesca y cabe recordarla precisamente por los virajes que ha tenido.

Acto I: Plaza de Toros de Las Ventas

El 8 de abril de este año, la presidenta autonómica acudió al coso madrileño para inaugurar un monumento de homenaje al torero Víctor Barrio. Era un evento organizado por la Comunidad y durante el mismo Ayuso lanzó una serie de afirmaciones sobre partidas presupuestarias de su Gobierno, siempre relacionadas con la tauromaquia y su apuesta. Afirmaciones, a criterio de la JEC, "pensadas y preparadas previamente". Ello supone, en época electoral, que es la que se activa desde el momento en que se convocan los comicios, una quiebra del artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

Juan Lobato, el nuevo secretario general del PSOE-M. EFE

El PSOE denunció el acto ante la Junta Provincial, que lo archivó en un primero momento, el 21 de abril. A través de un recurso de alzada logró, sin embargo, que la Junta Central analizara el asunto una semana después. Fue el primer rapapolvo del órgano superior al inferior, pues se estimó parcialmente la queja socialista a tenor de las manifestaciones hechas por Ayuso y la literalidad del artículo 50.2 de la LOREG.

Ese mismo día de finales de abril, por tanto, la JEC pidió una cosa a la presidenta madrileña: que se abstuviera de "difundir mensajes con contenido electoralista en el curso de actos de carácter institucional", pues ello "infringe el deber de objetividad" consagrado en los artículos 103.1 de la Constitución y -el citado- 50.2 de la LOREG. Y pidió otra a la Junta Provincial: que incoara de nuevo el expediente.

Lo primero no sirvió para nada, pues Ayuso volvió a pronunciar palabras de contenido electoralista en actos institucionales; lo segundo, tampoco.

Si bien la Junta Provincial, tras analizar los hechos, encontrar la vulneración de la LOREG y actuar en consecuencia con una multa de 360 euros a Ayuso, los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid recurrieron ante la JEC porque, según su criterio, se habían producido errores procedimentales, una "irregularidad procedimental" que afectaba al derecho de defensa de la presidenta y a la "debida separación entre la instrucción y la resolución del expediente". Hecha la constatación, la JEC decidió anular la sanción.

Ahora bien, la misma Junta Electoral Central se planteó si cabía recuperar el expediente. Concluyó que no porque habían caducado los plazos establecidos, pero destacó que sí era posible y legal iniciar uno nuevo. Y es lo que hizo. Lo decidió el 16 de septiembre pasado. El mismo día en que abre la puerta a una sanción de hasta 1.200 euros.

Actos 2 Y 3: Aeropuerto de Madrid-Barajas

La secuencia es muy similar con el otro expediente, el que afecta a dos actos de Ayuso los días 12 y 16 de abril. El PSOE los recurre por las declaraciones electoralistas vertidas y la Junta Provincial los archiva. De nuevo un recurso de alzada ante la JEC conlleva una estimación parcial porque, entiende la mayoría de los vocales, se detecta una posible vulneración del artículo 50.2 de la LOREG.

Enrique López, consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid. David Castro

El del 12 de abril es un acto de presentación de un avión con simbología de la región y en él la presidenta hace un repaso sobre los logros de su Ejecutivo. El del 16 de abril es una visita a unas obras en Valdebebas, la conexión con la T4 del aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid-Barajas, durante la que la máxima autoridad autonómica se pronuncia en términos similares.

Los dos tienen visos de infringir los principios de objetividad de los poderes públicos durante el periodo electoral y el de neutralidad de las instituciones. Como en el expediente anterior, la JEC pidió a la presidenta madrileña que se abstuviera de hacer más declaraciones similares y a la Junta Provincial, que iniciara otra vez el trámite sancionador. La historia se repite: multa de 600 euros, recurso de la Comunidad de Madrid por fallos procedimentales, anulación de la sanción por la JEC, inicio de un nuevo procedimiento por la propia JEC y estipulación de una sanción de hasta 1.200 euros.

Desenlace y el caso reciente de Pedro Sánchez

Las fuentes consultadas, conocedoras del procedimiento, creen cercano el desenlace de un caso que se inició en abril. Ha tardado tanto por los virajes numerosos que han acontecido. Es probable que cuando el trámite acabe, los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid recurran de nuevo, entonces por la vía contencioso-administrativa, y así hasta agotar todas las opciones.

Las presuntas infracciones de Ayuso recuerdan a dos precedentes recientes: el de Pedro Sánchez y el de Isabel Celaá. Ambos fueron sancionados por la Junta Electoral Central precisamente por vulnerar el artículo 50.2 de la ley. El presidente, en pleno proceso electoral del 10N de 2019, concedió una entrevista a La Sexta en el palacio de la Moncloa, en donde encadenó varias alusiones a logros de su Gobierno. Lo mismo hizo la entonces ministra portavoz en la sala de prensa del complejo presidencial.