“Me voy a chivar a toda Coruña”, chantajeó a un joven homosexual de A Coruña un hombre al que había conocido a través de una aplicación de contactos, que ha sido condenado a dos años y seis meses de prisión por estas amenazas, que llevaron a la víctima al suicidio. La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación del condenado y ha ratificado la sentencia de instancia, que le ordenaba, además, abonar 9.000 euros de indemnización por daños morales al tío del fallecido, su único heredero, puesto que era huérfano de padres.

El condenado amenazó a la víctima con revelar capturas de pantalla sobre su vida íntima y su orientación sexual para demandarle dinero. Los hechos ocurrieron en octubre de 2019. La víctima le ingresó en cuenta bancaria los 100 euros que le había reclamado en inicio a cambio de no difundir material que pudiese revelar su orientación sexual, pero tras este ingreso volvió a enviar mensajes de Whatsapp a la víctima para exigir más. El joven le reprochó que no cejase en sus chantajes después de haberle abonado los 100 euros, pero el ahora condenado insistió. “Tú mismo”, apremió, a lo que la víctima replicó: “Si no te hablo más me maté. No aguanto más”.

El condenado siguió con sus amenazas: “Mira, a mí chantajes emocionales no. Conmigo eso no funciona. Yo paciencia tengo poca, ya lo digo. O si no dime cuánto puedes y me lo pienso”. La víctima aseguró entonces que cobraría tres semanas después. “No voy a esperar”, respondió el condenado. Horas después, de madrugada, la víctima se precipitó al vacío por una ventana de su vivienda, en A Coruña, tras dejar una nota manuscrita de suicidio.

El recurso plantea alegaciones que “se concretan en dos argumentos a los que el apelante atribuye eficacia exculpatoria”, apunta en el fallo la Audiencia, que los rechaza. Estos dos ejes argumentales sostenían que la valoración de la prueba estaba condicionada por la posterior muerte de la víctima y, por deducción a partir de la nota de suicidio, que “existía en la víctima una circunstancia preexistente que el acusado ignoraba y que reduciría su culpabilidad, en la medida en que la reacción causada por su acción habría sido desproporcionada y obedecería a unas tendencias previas subyacentes en el fallecido”. El tribunal desestima ambos argumentos.

“Este dramático final, pese a ser ajeno a la voluntad del agente y no ser objeto de juicio, es el mejor reflejo de la perturbación y angustia creadas en la víctima por la presión a la que le sometía el apelante”, falla. Añade que, pese a que la nota mencione “muchos intentos” de suicidio, recoge frases “que rebaten este argumento”, como “lo que colmó mi paciencia” y “antes muerto que dominado por quien sea”.