El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 19 años de prisión a un hombre por violar, maltratar y humillar a su mujer durante los cuatro años que convivieron en sus domicilios de la provincia de Sevilla, en los que llegó a arrastrarla entre las heces de sus perros y la aisló de su familia.

La Sala de lo Penal del alto tribunal ha dictado una sentencia en la que desestima el recurso de casación del condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que confirmó la dictada por la Audiencia de Sevilla, que le condenó por los delitos de violación con la agravante de parentesco, violencia habitual en la pareja, amenazas condicionales, coacciones y cuatro delitos de lesiones leves o maltrato en la pareja.

En su recurso, el condenado cuestionaba la credibilidad de la víctima, su persistencia y contradicciones en las declaraciones; y resaltaba que la denuncia se interpuso dos meses después de la ruptura coincidiendo con los trámites del divorcio.

Pero la Sala avala el testimonio de la mujer, quien siempre narró los mismos episodios cruciales y las mismas conductas características del maltrato sufrido, aderezando su relato en puntos concretos con una mímica descriptiva congruente con lo que cuenta y que aumenta su expresividad, como cuando imita el gesto de cogerla por el cabello y arrastrarla por el suelo, o el de sujetarla por el cuello para introducirla en la casa.

Por ello, afirma que "el desgarrado estado emocional que acompaña a su narración", que hizo durísimo asistir a su declaración en juicio, con llanto continuo, ansiedad y dificultades para respirar, episodios por los que siempre pedía disculpas, "es también consistente con la vivencia real de las enormidades que cuenta la mujer y difícilmente compatible con la fabulación o simulación".

A este respecto, rechaza que el retraso de la víctima en denunciar conlleve la duda acerca de la credibilidad, como apunta el condenado, ya que se trata de víctimas que se encuentran sometidas a un ambiente de opresión generado por la violencia de todo tipo, soterrada en ocasiones y explícita en otras, que dibuja el marco de convivencia conyugal y familiar con el agresor.

El tribunal señala que otros elementos que corroboran la declaración de la acusada son las periciales de la forense y de la psicóloga del Ayuntamiento de Dos Hermanas, plenamente coincidentes en haber observado secuelas psíquicas precisadas de atención especializada y altamente compatibles con el maltrato que relata.

Las distintas agresiones se produjeron entre noviembre del 2014 y junio del 2018, primero en Dos Hermanas y después en Coria del Río durante una relación marcada por la "extrema dependencia emocional" de la mujer hacia el acusado y por el comportamiento "celoso, despectivo, controlador y progresivamente violento de este".

A partir del primer incidente violento, ese "comportamiento abusivo (...) se agravó en una espiral sólo interrumpida por breves fases de arrepentimiento, reconciliación o simple tranquilidad" en las que la víctima "se sentía feliz y concebía la falsa esperanza de un cambio permanente de la conducta" de su pareja, "lo que estaba muy lejos de suceder".

"Por el contrario", continúa la sentencia, el acusado "intensificó su actitud de control y aislamiento familiar y social" de su mujer "dificultando que se viera con sus amigas, a las que tildaba de ninfómanas, y que visitara a su familia", hasta el punto de que "la golpeaba cuando se lo pedía" o la amenazaba con matar a alguien de su entorno si contaba algo.

Las agresiones sexuales fueron "numerosas" como también las humillaciones a la joven "haciéndola dormir en el suelo desnuda" y diciéndole "eres un perro, duerme como un perro" e, incluso, "la arrastró en varias ocasiones sobre los orines y las heces de los dos perros que tenían".