El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha decidido este martes frenar cautelarmente el aplazamiento de las elecciones, como prevé el decreto aprobado el viernes por el Govern, contra el que ya se han presentado diversos recursos. Los magistrados han debatido y estimado dos de ellos, el presentado por el abogado y exmosso d'esquadra Josep Asensio Serqueda, a título personal, y por la formación extaparlamentaria Izquierda en Positivo, representado por la abogada Celia Canovas, que han reclamado la suspensión urgente del decreto de convocatoria, lo que se denomina en jerga judicial medidas cautelarísimas. Por lo tanto, con esta primera decisión del tribunal, queda suspendido el decreto que aplaza los comicios del 14 de febrero hasta que se analice el fondo de la cuestión. La Junta Electoral Central (JEC) ya ha ordenado que se retome el proceso electoral que quedó interrumpido y el Govern ha confirmado que los trámites vuelven a estar en marcha desde este martes.

La sala contencioso-administrativo considera que con los recursos presentados "perdería su finalidad si no se decreta la suspensión del decreto impugnado, puesto que sería ilusoria la tutela cautelar que pudiera concederse, dada la imposibilidad de seguir con la tramitación del proceso electoral en los plazos establecidos en la legislación". Por ello, entiende que se debe adoptarse la medida cautelar de suspensión por causa de "urgencia extraordinaria", con carácter "instrumental o procedimental", y sin entrar en el fondo del asunto.

Los argumentos

La resolución sostiene que "debe considerarse que el procedimiento electoral no solo tiene un tiempo limitado de 54 días, sino también que cada acto abre plazos sucesivos, de manera que la paralización del proceso, aunque sea unos pocos días, impide la posibilidad de celebrar las elecciones o, al menos, de celebrarlas con todas las garantías".

Estos actos, subraya, abre paso a otros consecutivos como es la impugnación de la proclamación de candidatos o determinados actos relacionados con la campaña y, tras la proclamación de candidatos, la Junta Electoral comunica al representante de cada candidatura los lugares reservados para sus carteles. Lo mismo cabe decir de la constitución de las mesas electorales, donde los sorteos se deben realizar entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria, para después proceder a la notificación, alegaciones de excusas y resolución de las mismas.

Por tanto, insiste el TSJC, si se mantiene la vigencia del decreto de convocatoria en tanto se tramita el proceso y la suspensión del proceso electoral convocado que ello conlleva, es previsible que no sea posible celebrar las elecciones el día 14 de febrero de 2021 con lo que se frustraría la tutela cautelar instada en este proceso especial. A ello debe añadirse, como se ha indicado, que la publicación del decreto el sábado ha determinado que hayan transcurrido dos días (sábado y domingo) donde no ha podido interponerse el recurso ni pronunciarse el tribunal por ser días inhábiles, por lo que añadir el plazo de tramitación y resolución de la pieza haría ineficaz una eventual decisión de suspensión.

La JEC ya ha trasladado a las juntas electorales de zona que el proceso electoral continúa tras quedar interrumpido por el decreto de aplazamiento. Según fuentes citadas por la ACN, a pesar de que todavía no existe una decisión definitiva del TSJC, la JEC entiende que la adopción de la medida cautelar de mantener los comicios les obliga a actuar en esta dirección.

Otros recursos pendientes

Junto al particular y a Izquierda en Positivo, también han impugnado la convocatoria la Lliga Democràtica (ha presentado dos recursos, uno de ellos por diferentes motivos) y el colectivo Impulso Ciudadano, presidido por el exdiputado de Cs en el Parlament, José Domingo. Asimismo, anunciado que seguirá los mismos pasos Federalistes d'Esquerres.

Al alegar el particular la necesidad de resolver el caso con urgencia, el tribunal se ha pronunciado en un plazo de 24 horas, antes de tomar una decisión definitiva. El TSJC concede a a Generalitat y a la fiscalía que antes de las 10 horas del jueves 21 de enero formule las alegaciones que convengan para resolver con mayor urgencia el proceso.

El letrado del Parlament Antoni Bayona ha cuestionado el decreto de aplazamiento electoral aprobado el pasado viernes por el Govern porque "genera mayores dudas e introduce un precedente peligroso". En un artículo publicado en eldiario.es, opina que "no era necesario dejar sin efecto la convocatoria de las elecciones" del 14 de febrero "para volverlas a convocar de nuevo como se desprende del decreto, porque el conflicto se podía solucionar perfectamente dejando en suspenso el proceso electoral en curso y aplazando la fecha de las elecciones". Además, asegura que la firma del vicepresidente del Govern, Pere Aragonès, "introduce un elemento especialmente delicado desde el punto de vista legal e institucional" porque estando en funciones no es competente para convocar elecciones.