La Comunidad de Madrid ha decretado este sábado cuatro nuevas zonas básicas de salud (ZBS), en los municipios de Colmenar Viejo, Arganda del Rey, Coslada y Collado Villalba, que se suman a las tres ya existentes, por tener una incidencia de más 750 casos de coronavirus por cada cien mil habitantes. A las siete no les afecta el estado de alarma por ubicarse en municipios de menos de 100.000 habitantes.

Con ello, desde este lunes, 12 de octubre, serán siete las zonas básicas de salud (ZBS) de la Comunidad de Madrid con movilidad restringida.

Hasta ahora la Consejería de Sanidad madrileña utilizaba el criterio de 1.000 casos por cien mil habitantes para decretar el confinamiento perimetral de una ZBS, pero ha rebajado a 750 la tasa de contagios en las zonas afectadas, según anunció ayer el consejero Ruiz Escudero, que sitúa en 500 casos por mil la incidencia en toda la región en los últimos 14 días.

Las cuatro nuevas ZBS que entrarán en vigor a primera hora del lunes, 12 de octubre, son las de Arganda del Rey, Sierra de Guadarrama (Villalba), Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo) y Valleaguado (Coslada), según publica el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

Continúan vigentes tres ZBS, todas ellas fuera del estado de alarma, en concreto las de Humanes, Villa del Prado y Reyes Católicos (San Sebastián de los Reyes), excluidas del decreto del estado de alarma por no alcanzar los 100.000 habitantes.

La orden autonómica 1322/2020 de 9 de octubre establece para las nuevas zonas básicas limitaciones similares a las que entraron en vigor ayer en los nueve municipios incluidos en el decreto de estado de alarma: Madrid, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz.

En estos nueve municipios y en las siete zonas básicas "se desaconsejan los desplazamientos y actividades no imprescindibles", y se establece la restricción de entrada y salida en el perímetro del municipio o zona afectada, salvo desplazamientos "adecuadamente justificados".

La movilidad se permite por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.

Además, se limitan a seis personas de las reuniones familiares o sociales; la distancia interpersonal de 1,5 metros; aforo de un tercio en lugares de culto; máximo de 15 personas en velatorio; aforo del 50% en locales comerciales y de hostelería, que cerrarán no más tarde de las 22:00 horas, entre otros.

Solamente en las siete zonas básicas se suspende temporalmente el acceso a los parques infantiles de uso público.