El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha elevado una exposición razonada al Tribunal Supremo para que investigue al vicepresidente del Gobierno y líder de Podemos, Pablo Iglesias, por los delitos de descubrimiento y revelación de secretos con la agravante de género, daños informáticos y acusación o denuncia falsa y/o simulación delito, en relación con el robo del móvil de su exasesora Dina Bouselham. El magistrado considera que Iglesias usó de forma fraudulenta el procedimiento abierto en relación con el excomisario José Manuel Villarejo para intentar lograr algún tipo de ventaja electoral.

La exposición razonada remitida por el juez, dada la condición de aforado de Iglesias, incluye también a la directora de los servicios jurídicos de Podemos María Gloria Elizo y a los letrados de esta formación Marta Flor Núñez y Rául Carballedo, así como a la propia Bouselhan y su marido, Ricardo Dasaferreira, estos dos últimos por falso testimonio.

El magistrado considera "consciente y planificada la actuación falsaria desplegada por Iglesias con su personación" en el procedimiento, "fingiendo ante la opinión pública y ante su electorado, haber sido víctima de un hecho que sabía inexistente, pocas semanas antes de unas elecciones generales". Sostiene que todos ellos presentaron la desaparición del teléfono de Bouselham "como un encargo realizado por el Gobierno del PP al Villarejo, para publicar en el digital 'OK Diario', en el contexto de una campaña para perjudicar a Iglesias, y por ende a Podemos".

Del robo a Villarejo

El juez sitúa el origen del procedimiento en el 3 de noviembre de 2017, cuando en los registros realizados en la vivienda de Villarejo se encontraron un disco duro y un pendrive con dos carpetas llamadas "Dina", lo que se relacionó con el robo del móvil sufrido el 1 de noviembre de 2015 por Dina Bouselham.

Con las diligencias practicadas, el magistrado considera acreditado que el contenido de la tarjeta llegó a Villarejo a través de los responsables de la revista Interviú, que también entregaron una copia al presidente del Grupo Zeta, Antonio Asensio, quien se la dio a Iglesias el 20 de enero de 2016.

Se guardó la tarjeta

Según García-Castellón, Iglesias comprobó que la tarjeta almacenaba archivos personales y de carácter muy íntimo de aquella. "Pese a ello se guardó la tarjeta en su poder, sin decírselo a su propietaria aun cuando ambos eran personas cercanas" sabía del robo, explica el auto, que cree que puede deberse a que Iglesias sabía que incluía conversaciones de grupos de mensajería en los que él aparecía. Cuando se la devolvió a Dina, antes del 23 de agosto de 2017, "estaba inservible para su funcionamiento", añade.

En julio de un año antes se publicaron en 'Ok Diario' varias noticias a las que acompañan imágenes procedentes del móvil y que Iglesias había visto en la tarjeta de memoria. El juez destaca que en ese momento era él quien la tenía. Pese a ello, para desprestigiar a ese medio, puesto de común acuerdo con Elizo y los letrados de Podemos, "a sabiendas del origen de las imágenes publicadas en 'OK Diario', Iglesias insta a los servicios jurídicos del partido a ampliar la denuncia inicial formulada por Bouselham, tratando de disimular falsariamente" que fueron "el resultado de un encargo realizado a Villarejo para perjudicar a Iglesias".

García-Castellón, es relevante que cuando Bouselham declaró como perjudicada ante él el 26 de marzo de 2019 lo sabía, por lo que faltó a la verdad, al igual que su marido tres días más tarde. "Ambos hechos se entienden conexos a la actuación desplegada por los servicios jurídicos de Podemos para construir ante el órgano judicial un relato coherente con las instrucciones dadas por el secretario general del partido", concluye el magistrado.

Concluir una parte

El juez se basa en el auto de la Sala de lo Penal que devolvió la condición de perjudicado a Iglesias, para dar por concluida la instrucción por un delito de revelación de secretos contra los exrresponsables de Interviú Alberto Pozas y Luis Rendueles, así como el propio Villarejo, ypara remitir al Supremo las actuaciones relativas a Iglesias y los miembros de su equipo. Esa resolución señalaba que si los hechos no estaban relacionados con la organización criminal presuntamente capitaneada por Villarejo no eran competencia de la Audiencia Nacional, por eso el magistrado da 10 días a fiscalía y acusaciones para instar la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de las actuaciones de lo que atribuye al excomisario.

Como Iglesias es aforado, García-Castellón no puede ahondar en la investigación de los hechos que atribuye a Iglesias, constitutivos, entre otros, de un delito de descubrimiento y revelación de secretos con la agravante de que se "habría cometido por razones de género". Así justifica que no haya preguntado a Bousselham si exculpa o no a Iglesias, pese a ser un requisito imprescindible para investigar este delito, o haber profundizado en el de daños.