La Generalitat de Cataluña considerará efectiva la posible inhabilitación del presidente catalán, Quim Torra, sin tener que esperar a que se resuelvan los eventuales recursos o el incidente de nulidad que pueda interponer la defensa.

Así lo plantea el informe elaborado por el gabinete jurídico de la Generalitat, en vísperas de que el Tribunal Supremo decida si confirma o no la condena a año y medio de inhabilitación a Torra por desobediencia, al no haber retirado a tiempo del balcón del Palau de la Generalitat una pancarta en favor de los presos independentistas en periodo electoral.

¿En que momento sería efectiva?

El "informe jurídico relativo a los efectos de una eventual firmeza de la sentencia condenatoria de inhabilitación del presidente de la Generalitat", que consta de 23 páginas, señala que "el momento a partir del cual produce efectos la pena impuesta" será cuando "se notifique esta firmeza" y Torra "tome conocimiento formal" de que queda inhabilitado para "actuar como president".

Un eventual incidente de nulidad de actuaciones, subraya el informe, "no implica necesariamente la suspensión" de la sentencia.

El Parlament aprobó el pasado viernes una resolución que pretendía desautorizar la posible condena a Torra, al avisar de que solo la mayoría de la cámara "tiene legitimidad para otorgar o retirar la confianza al presidente", un pronunciamiento que quedaría en entredicho si, según estipula el informe, se considerase efectiva la inhabilitación cuando fuese notificada.

Al margen de la notificación directa al president, la Generalitat prevé que se apruebe un real decreto firmado por el Rey, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC).

¿Quién le sustituirá?

Como recoge el informe, la ley de la presidencia de la Generalitat prevé que el vicepresidente del Govern, en este caso GovernPere Aragonés, aunque no podría asumir tres de sus funciones: plantear una cuestión de confianza, designar o destituir consellers y convocar elecciones.

Aragonés asumiría esa sustitución en el momento mismo en que la inhabilitación ya fuese efectiva, aunque se formalizaría -tras la publicación del cese en el BOE y el DOGC- a través de un decreto del Govern, aprobado en una reunión del ejecutivo catalán en funciones.

El "presidente sustituto interino" tendría atribuciones en representación de la Generalitat, representación del Estado y en el ejercicio de la dirección de la acción de gobierno, como convocar y presidir las reuniones del ejecutivo.

¿Qué puede y qué no puede hacer?

Si Torra es inhabilitado, el Govern queda desde entonces en funciones, hasta la toma de posesión del nuevo ejecutivo catalán.

Al estar en funciones, el Govern no puede aprobar un proyecto de presupuestos, ni presentar proyectos de ley al Parlament, ni dictar decretos legislativos, pero sí puede, en cambio, dictar decretos ley si se justifica por una "extraordinaria urgencia y necesidad", para garantizar el funcionamiento normal de los servicios públicos.

El Govern en funciones deberá actuar con la "máxima contención" y el Parlament podrá mantener sobre sus miembros los mecanismos de control previstos, como preguntas, interpelaciones o comparecencias.

¿Qué ocurre con el personal vinculado el president?

El informe jurídico aborda la situación del personal eventual adscrito a la presidencia de la Generalitat, que podría tener que cesar cuando Torra sea inhabilitado en firme.

El documento, sin embargo, puntualiza que el personal eventual del president fue nombrado por el secretario general por delegación de la consellera de la Presidencia, y no por Torra, por lo que señala que "no se da el cese automático derivado" de su inhabilitación y su futuro quedaría entonces en manos de Aragonés.

¿Cuándo habría elecciones?

Al día siguiente de que sea efectiva la inhabilitación de Torra se abrirá un plazo de diez días para que el presidente del Parlament, Roger Torrent para ver si quieren presentar un candidato a la investidura.

En caso de no haberlo -o de que Torrent compruebe que nadie dispone de los apoyos necesarios para optar a ser investido-, el presidente de la cámara comunicaría al pleno que no hay un candidato viable a la investidura, por lo que en ese momento se activaría una cuenta atrás de dos meses, y una vez transcurrida sin que hubiese habido investidura se convocarían elecciones automáticamente.

Para ajustar los tiempos de manera que esas elecciones convocadas automáticamente -a celebrar al cabo de 54 días- "caigan en domingo", Torrent dispondría de un "pequeño margen de días" para elegir el día del pleno en el que se activaría la cuenta atrás de los dos meses, según ha explicado en Catalunya Radio el presidente del Parlament.

Eso significa que, si la inhabilitación de Torra fuese efectiva en algún momento de la semana que viene y se activasen todos los mecanismos que prevé el informe, las elecciones se celebrarían a principios del próximo mes de febrero.