El borrador de real decreto que estipula las medidas que regirán la vida de los españoles durante la "nueva normalidad" estará vigente hasta que el Gobierno dé por concluida, "de forma motivada", que la crisis sanitaria ha concluido y que el virus ha quedado "definitivamente derrotado".

Así lo ha explicado este martes el responsable de Sanidad, Salvador IllaSalvador Illa, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que ha dado luz verde al borrador del real decreto de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por la Covid-19.

Así pues, el Gobierno ha aprobado este martes en Consejo de Ministros el Real-Decreto Ley. El texto, impulsado por el Ministerio de Sanidad y el de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, recoge la declaración expresa dela Covid-19 como enfermedad de declaración obligatoria urgente.

Se introduce, además, el deber de las comunidades autónomas de suministrar información cuando se produzcan situaciones de emergencia para la salud pública, para garantizar la adecuada coordinación entre las autoridades sanitarias y reforzar el funcionamiento del Sistema Nacional de Salud. Además, deberán continuar facilitando los datos necesarios para el seguimiento y la vigilancia epidemiológica de la COVID-19, así como la situación de la capacidad asistencial y necesidades de recursos humanos y material.

Los servicios de salud garantizarán que, en todos los niveles de la asistencia, y de forma especial en la atención primaria, se le realizará a todo caso sospechoso una prueba diagnóstica por PCR u otra técnica de diagnóstico molecular, tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas, y que toda la información se transmita en tiempo y forma.

Las comunidades deberán velar por garantizar un número suficiente de profesionales involucrados en la prevención y control de la enfermedad, su diagnóstico temprano, la atención a los casos y la vigilancia epidemiológica, así como crear planes de contingencia para asegurar una respuesta rápida y coordinada.

Los establecimientos, medios de transporte o cualquier otro lugar, centro o entidad pública o privada en los que las autoridades sanitarias identifiquen la necesidad de realizar trazabilidad de contactos, tendrán la obligación de facilitar a las autoridades sanitarias la información de la que dispongan relativa a la identificación y datos de contacto de las personas potencialmente afectadas.

Medidas de prevención

También se mantiene la obligatoriedad de las mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, así como en los transportes. Según este Decreto, el incumplimiento de este artículo será (sancionado con multas de hasta 100 euros )y serán las comunidades autónomas y las entidades locales a las que les corresponderá las funciones de vigilancia, inspección y control.

La mascarilla también será obligatoria en la 'nueva normalidad'

La mascarilla también será obligatoria en la 'nueva normalidad'

La mascarilla también será obligatoria en la 'nueva normalidad. / Vídeo: Agencia ATLAS | Foto: EFE

La autoridad competente delegada para la adopción, supresión, modulación y ejecución de medidas correspondientes a la fase 3 del plan de desescalada serán las comunidades autónomas, salvo para las medidas vinculadas a la libertad de circulación que excedan el ámbito de la unidad territorial determinada para cada comunidad. Serán también las comunidades las que puedan decidir, con arreglo a criterios sanitarios y epidemiológicos, la superación de la fase 3 en las diferentes provincias, islas o unidades territoriales de su comunidad.

Las medidas de prevención e higiene, como la obligatoriedad de utilizar mascarillas siempre que no se garantice la distancia interpersonal, continuarán vigentes en el periodo de nueva normalidad. Se mantiene la obligación de llevar mascarilla en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En transporte marítimo se adapta la obligación a las particularidades de este modo de transporte.

Igualmente, se contempla la adopción de medidas de prevención e higiene en el entorno de trabajo, tales como la ordenación de los puestos de trabajo o la organización de los turnos para evitar aglomeraciones, así como en los establecimientos comerciales, en los centros residenciales de carácter social o en las actividades de hostelería y restauración.

El Decreto incorpora las medidas necesarias para garantizar la disponibilidad de mascarillas quirúrgicas, geles hidroalcohólicos y otros productos sanitarios necesarios para la protección de la salud. El 'stock' o las cantidades suministradas de los medicamentos considerados esenciales en la gestión de la crisis sanitaria, tendrá que ser comunicado a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para garantizar en todo momento su abastecimiento.

Cuando exista una situación de excepcionalidad sanitaria o cuando la situación de vulnerabilidad del paciente lo requiera, las CCAA podrán establecer las medidas oportunas para la dispensación de fármacos de forma no presencial.

Distancia de seguridad

Otra de las aportaciones que ha recogido el texto, tras haber sometido el primer borrador a las opiniones de las comunidades autónomas en el Consejo Interterritorial, es que la distancia de seguridad es de 1,5 metros, y no de "entre 1,5 y dos metros" como establecía el anterior.

Además, la vigencia de la nueva normalidad durará hasta que el Ejecutivo declare, "de forma motivada, habiendo escuchado a las comunidades en el seno del Consejo Interterritorial de Salud y previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES), que esta crisis sanitaria ha concluido". "O sea, hasta que no tengamos definitivamente derrotado el virus", ha incidido el ministro.

Según Illa, este real decreto "se ha elaborado con el mayor número de aportaciones para que el texto fuera mejorado". "Nunca ha habido una pretensión de invasión de competencias", ha destacado Illa.

Además, el texto también establece que las residencias deban tener preparados planes de contingencias para posibles rebrotes y otorga especial importancia a la detección precoz de la Covid-19, que será una enfermedad de declaración obligatoria.

Deportes

Las medidas de prevención que deberán tomarse en la Liga de fútbol y la Liga de fútbolACB "van a recaer en el Consejo Superior de deportes, previa consulta con los organizadores de ambas competiciones, con las comunidades y con el Ministerio de Sanidad".

En el ámbito de los transportes, los operadores tendrán que mantener los registros de los pasajeros con el correspondiente asiento preasignado con un mínimo de cuatro semanas para poder garantizar la trazabilidad en el caso de que se produjera algún caso positivo.

También se faculta a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios a recabar información de los fabricantes de las operaciones que estén llevando a cabo de producción que tienen prevista para garantizar la disponibilidad de estos y para organizar "eventualmente" la prioridad de su fabricación.

Ciudadanos y PNV lo respaldan

Por otro lado, con el fin de adaptar el texto a las mejoras planteadas por algunos partidos políticos como el PNV y Ciudadanos -que votarán a favor del mismo-, el decreto deberá ser convalidado en el plazo máximo de un mes por el Congreso de los Diputados.

Illa ha explicado algunos de los cambios acometidos a petición de los grupos. Uno de ellos afecta al modo en que el Gobierno pondrá fin a la vigencia del decreto cuando considere que ya no hay riesgo porque se ha encontrado una terapia efectiva o vacuna frente al coronavirus. La modificación incorporada obliga al Ejecutivo a declarar el fin de la crisis sanitaria "de forma motivada" y "habiendo escuchado a las Comunidades Autónomas en el seno del Consejo Interterritorial de Salud y previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias", según ha explicado el ministro.

A petición del PNV y "en aras del consenso", decae una clarificación sobre el funcionamiento del Consejo Interterritorial de Salud que Illa ha tildado de "innecesaria" y se modifica la redacción del artículo 3 del nuevo real decreto ley para especificar que la Administración General del Estado podrá "con carácter excepcional y cuando así lo requieran motivos de extraordinaria gravedad" adoptar "de acuerdo con sus competencias" -es el matiz incorporado a petición del PNV- las medidas que considere necesarias para asegurar el cumplimiento de este real decreto ley.

Se mantienen sin embargo los cambios que a través de una disposición adicional del decreto ley servirán para actualizar la Ley de cohesión del Sistema Nacional de Salud y que permitirán al ministro de Sanidad dictar de manera extraordinaria actuaciones coordinadas en el ámbito de la salud pública en caso de emergencia sanitaria, así como la introducción del deber de las Comunidades Autónomas de aportar con carácter inmediato a Sanidad la información epidemiológica que se le requiera ante una situación de emergencia.