La Fiscalía ha cuestionado en un informe la competencia de la Junta Electoral Central (JEC) para ordenar el cese del presiden catalán, Quim Torra, como diputado pues, a su juicio, sería el Parlament el competente para determinar "la existencia y efectos" de la supuesta inelegibilidad del parlamentario.

El ministerio público ha presentado un informe ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en el que apoya suspender cautelarmente el acuerdo en que la JEC instó a la retirada de la credencial de diputado catalán de Torra, "en orden a la prudente y equilibrada" preservación de los "intereses públicos concurrentes".

La Sala de lo Contencioso del Supremo ya rechazó por unanimidad suspender de manera urgente el acuerdo de la JEC -que consideró que pesaba sobre Torra la causa de "inelegibilidad sobrevenida" al haber sido condenado por desobediencia- y decidió tramitar su petición en forma de medidas cautelares, es decir, escuchando al resto de partes.

Pese a que se trata de un trámite que no implica entrar sobre el fondo del asunto, la Fiscalía hace referencia a "la posible incompetencia de la Junta -y en general de la Administración electoral- para decidir" sobre "la aplicación de un motivo de incompatibilidad sobrevenida determinante de la pérdida del escaño" de Torra, y alude a un "dato de innegable relevancia": los seis miembros de la JEC discrepantes también reprocharon esta incompetencia en su voto particular.

Según la Fiscalía, la "administración electoral" sería competente para resolver sobre la inelegibilidad de un candidato cuando ha sido declarado electo si bien, una vez "adquirido el estatus pleno de diputado, correspondería en exclusiva al propio Parlament la competencia para apreciar "la existencia y los efectos de dicha inelegibilidad sobrevenida".

Y añade que la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) "no atribuye ni reconoce en ningún momento a la Junta Electoral Central (...) facultades o competencia alguna para anular por su propia autoridad las credenciales de los diputados que ya están ejerciendo su mandato ni declarar vacantes sus escaños".

Recuerda la Fiscalía que el voto particular a la decisión mayoritaria de la JEC incorporaba supuestos "en que la misma hizo expresa declaración de su falta de competencia en casos similares", argumento que, a juicio del ministerio fiscal, "no resulta desvirtuado" en este caso.

El pasado 10 de enero y una vez el Supremo rechazó las medidas cautelarísimas de Torra, la Junta Electoral Provincial de Barcelona acordó retirarle la credencial de diputado del Parlament, si bien la cámara rechazó hacerlo efectivo, con el apoyo de los independentistas y PSC y de acuerdo con el criterio de los servicios jurídicos de la cámara.