El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha mantenido la orden que dio al presidente catalán, Quim Torra, para que retirara de la Generalitat la pancarta de apoyo a los presos y le ha recordado que, una vez convocados los comicios, está obligado a hacerlo por la normativa electoral.

En una providencia, la sala contenciosa del TSJC desestima el recurso que Torra presentó ayer, en el que invocaba su derecho a la libertad de expresión al tiempo que pedía al alto tribunal que suspendiera la orden de retirar la pancarta de la Generalitat.

El TSJC dio 48 horas a Torra para descolgar la pancarta -como medica cautelar a raíz de un recurso presentado por Impulso Ciudadano-, un plazo que expiró ayer por la tarde, sin que el presidente catalán accediera a retirarla.

En su resolución, contra la que cabe recurso, el TSJC rechaza la pretensión de Torra de que se suspendiera la orden, con el argumento de que, salvo en casos excepcionales, las medidas cautelares son de "inmediato cumplimiento".

Además, el tribunal recalca que el pasado lunes se convocaron las elecciones generales, por lo que el presidente de la Generalitat está vinculado por los acuerdos de la Junta Electoral Central, que en marzo del año pasado -en vísperas de los comicios del 28A- prohibió al gobierno catalán exhibir lazos amarillos o emblemas de apoyo a los políticos presos en los edificios públicos.

Precisamente, Torra será juzgado el próximo mes de noviembre por desobediencia por la sala civil y penal del TSJC, por desoír la orden de la Junta Electoral de retirar los lazos amarillos de los edificios públicos en la campaña de las elecciones generales del 28A, emblemas que finalmente acabó sacando, aunque ya fuera de plazo.

La semana pasada, la sala contenciosa del TSJC ordenó a Torra quitar la pancarta del Palau de la Generalitat, no solo en períodos electorales, a raíz de un recurso presentado por Impulso Ciudadano, formación vinculada a un exdirigente de Cs.