La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a la exalcaldesa de La Muela, María Victoria Pinilla, a más de 16 años de prisión por once delitos, diez de ellos como autora, y el otro como cooperadora necesaria por el denominado "caso de La Muela", la mayor trama de corrupción urbanística de Aragón.

Además le impone multas que suman un total de 8.454.540 euros, 56 años de años inhabilitación para empleo o cargo público y a la imposibilidad, durante 13 años, de obtener subvenciones o ayudas públicas y al derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.

La sentencia hecha pública este miércoles considera a Pinilla autora de un delito continuado de cohecho; de un delito continuado de blanqueo de capitales; delito contra la Hacienda Pública; prevaricación, fraude a la Administración, delito continuado de fraude a la Administración, tráfico de influencias, delito continuado de prevaricación administrativa, fraude de subvenciones, y delito continuado de malversación de caudales públicos.

Además, el tribunal también ha resultado condenada por un delito contra la Hacienda Pública, como cooperadora necesaria, y absuelta de un delito de tráfico de influencias.

La Audiencia ha condenado a otros seis de los nueve acusados: a Fernando Barba, Antonio Fando, Julián de Miguel, Ignacio Unsain, Julio de Miguel, y a David de Miguel. Han quedado absueltos Francisco Aramburu y Alberto Lozano.

El "caso de La Muela" se destapó en 2009 por presuntas irregularidades durante la etapa de María Victoria Pinilla al frente de la Alcaldía. Pinilla fue condenada en septiembre de 2016, pero la sentencia fue anulada por el Tribunal Supremo por un error procesal, por lo que hubo que celebrar un nuevo juicio, que finalizó el pasado 21 de febrero, y cuyo fallo se ha dado hoy a conocer.

Las mayores penas han recaído en María Victoria Pinilla. Las penas impuestas no difieren mucho de las reflejadas en la anterior sentencia de 2016, cuando la condena fue de 17 años para la exalcaldesa. Entonces quedó absuelta del delito de fraude a la administración, por el que ahora ha sido condenada a dos años y un día de prisión.

Junto a María Victoria Pinilla han sido también condenados Antonio Fando García, representante legal y socio de ente gestor de NuevasTecnologías del Agua S.L.(NTA) a la pena de 6 años y 7 meses deprisión, como autor de un delito continuado de cohecho, otro demalversación de caudales públicos, y un delito continuado de falsedaddocumental en concurso medial con un delito de fraude de subvenciones.

Fando asimismo ha sido condenado a 10 años de inhabilitación para elejercicio de empleo o cargo público y a la pérdida, durante 4 años, de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social, además de multas por valor de 458.000 euros.

A Julián de Miguel Ortega, administrador único de Aranade y de Tudela Inmobiliaria y Gestión S.L. y gestor de la Sociedad Urbanística de La Muela, se la ha condenado como autor de un delito continuado de fraude a la administración, a dos años y un día de prisión, a dos años y un día de inhabilitación para el cargo de administrador, apoderado orepresentante de cualquier mercantil, sociedad, fundación o de cualquier persona jurídica o física y a siete años, seis meses y un día, de inhabilitación para el ejercicio de empleo o cargo público.

En el caso de este acusado los magistrados no aminoran la condena en un grado argumentando que Julián de Miguel era el encargado de gestionar el suelo público y participó "al cien por cien en la corrupción urbanística", señala la sentencia.

A Juan Ignacio Unsain Azpiroz, administrador del grupo Construcciones SAGAIN se le ha impuesto, como autor de un delito continuado de fraude a la Administración, a las penas de dos años y un día de prisión, dos años y un día de inhabilitación para el cargo de administrador, apoderado o representante de cualquier mercantil, sociedad, fundación o de cualquier persona jurídica o física; y a siete años seis meses y un día de inhabilitación para el ejercicio de empleo o cargo público.

A Julio de Miguel Santander y a David de Miguel Santander, hijos deJulián de Miguel Ortega y socios de Tudela Inmobiliaria y Gestión S.L.el tribunal les aplica la atenuante de dilaciones indebidas y la analógica de reparación del daño al haber consignado en el anterior juicio oral 100.000 euros cada uno para el pago de posibles responsabilidades civiles.

Por tanto, el tribunal establece para cada uno de ellos una condena, como autores de un delito contra la Hacienda Pública, de seis meses de prisión, multa de 175.000 euros y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas o públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante tres años.

En el caso Fernando Barba Marcén, ex concejal de Aguas del Ayuntamiento de la Muela, como autor de un delito continuado de prevaricación administrativa por anular el contrato con Gestión de Aguas de Aragón y su adjudicación a NTA y otro de falsedad documental por imprudencia --por las memorias y facturas presentadas para la obtención de una subvención-- a la pena de ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público y ocho meses de multa con una cuota diaria de 6 euros hasta llegar a 1.440 euros. El tribunal absuelve a este acusado de los delitos de fraude de subvenciones y malversación de caudales públicos que se le imputaban.

Los absueltos

El tribunal ha absuelto a Alberto Lozano, director de la Oficina de Cajalón en La Muela entre los años 1991 y 2009 del delito de blanqueo de capitales porque la oficina bancaria que dirigía no fue utilizada por María Victoria Pinilla y su familia para blanquear los más de tres millones de euros recibidos en cohechos, y la actuación negligente "que pudo tener el acusado", de ser considerada delito, habría de ser calificada como, "imprudencia, y no como un delito doloso".

Ha argumentado que, de considerarse que la actuación de Alberto Lozano hubiese sido delictiva, ya que autorizó el ingreso de 300.000 euros incumplimiendo el deber de control de blanqueo de capitales que debía llevar a cabo ante una operación como la indicada, el delito habría prescrito. Alberto Lozano fue detenido el 26 mayo de 2010 y puesto en libertad, y en el momento de dirigir contra él elprocedimiento judicialmente ya habían transcurrido tres años, tiempo que el Código Penal vigente establecía como el tiempo de prescripción del delito que se le imputaba.

En lo que respecta a José Francisco Aramburu, socio de Construcciones Sagain, los juzgadores han acordado su absolución por el delito de tráfico de influencias por haber sido retirados los delitos que el Ministerio Fiscal le imputaba, el único que dirigía acciones penales contra él.