La negativa del PP a contestar hoy en el juicio de Gürtel como partícipe a título lucrativo de la trama supone implícitamente un reconocimiento de los hechos, según la tesis de la Fiscalía Anticorrupción, que ha apelado a la figura de derecho civil del "confeso".

La palabra "confeso" se ha escuchado hoy en el juicio de Gürtel tanto en la declaración de la exministra Ana Mato, que se ha sentado hoy en el banquillo como partícipe a título lucrativo, como en la del abogado Jesús Santos, en representación del PP.

La ha sacado a colación en primer lugar el presidente del tribunal, Ángel Hurtado, quien al principio del interrogatorio de Mato ha dicho que esta "peculiar" figura de responsable civil se establece que en las preguntas que no responda "entendemos la posibilidad, conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil, de tenerla por confesa".

Luego, durante el interrogatorio de la fiscal Concepción Sabadell, Mato ha sido poco concreta en respuesta a una pregunta sobre quién pagaba los coches de lujo que regaló la Gürtel a su exmarido Jesús Sepúlveda y, ante la insistencia de la fiscal, ha dicho: "No puedo añadir nada más en este tema".

Entonces, Sabadell le ha apercibido de que, ante una "respuesta que no es concreta, es más bien evasiva", pedía a Hurtado, que la diera por "confesa" de acuerdo al artículo 700 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que el magistrado ha hecho.

Lo mismo ha pasado con la declaración de Jesús Santos en representación del PP, que se ha negado a contestar afirmando que el partido no tiene ningún conocimiento de los hechos que se le atribuyen (haberse beneficiado de 328.440 euros que la trama de Francisco Correa pagó al PP de Pozuelo de Alarcón y Majadahonda para la campaña a las elecciones de 2003).

"Esta representación legal no tiene nada que aportar, porque desconoce las circunstancias de los hechos objeto de acusación", ha explicado Santos, momento en que la fiscal se ha vuelto a referir, como ha hecho con Mato, a ese artículo 700 y al 307 de la Ley de Enjuiciamiento Civil porque la respuesta había sido "evasiva" y la ha interpretado como una "resistencia a declarar".

Esos artículos estipulan que cuando el declarante se niegue a contestar o sus respuestas sean "evasivas o inconcluyentes, el tribunal, de oficio o a instancia de parte, le hará el apercibimiento" de declararle "confeso", en el sentido de que los hechos a los que se refieren las preguntas se consideran "reconocidos como ciertos".

El presidente del tribunal ha accedido a esa petición, por lo que el silencio del PP puede ser considerado como una confesión de los hechos, lo que llevaría a su condena como responsable civil.