La intención de Cataluña y Baleares de prohibir fumar en el interior de los coches ha generado un debate que divide a los expertos en seguridad vial, algunos de los cuáles consideran inconveniente imponer una normativa que será difícil de hacer cumplir y prefieren apostar por la concienciación. La máxima autoridad en la materia, la Dirección General de Tráfico (DGT), consciente también de las dificultades, se mantiene al margen y prefiere dejar en manos de las autoridades sanitarias la decisión al considerar que se trata sobre todo una cuestión de salud pública.

Las iniciativas de la Generalitat y el ejecutivo balear nacen con la intención de ampliar el ámbito de actuación de la ley Antitabaco del 2006 y salir al paso del repunte detectado en el consumo de cigarrillos en las estadísticas más recientes. Ambos ejecutivos han planteado también otras medidas como el veto total al humo en las terrazas de los bares o en las playas.

El Ministerio de Sanidad estudia también introducir el veto al humo en el interior de los coches en la actualización que prepara de la ley Antitabaco. "Estamos analizando las experiencias de otros países y aquellas que demuestren eficacia, se incorporarán a la legislación", señaló hace unas semanas la titular del departamento, María Luisa Carcedo.

Los menores

¿Que es lo que se pretende prohibir exactamente? En Cataluña, que fume cualquiera de los ocupantes del vehículo, mientras que en Baleares sólo cuando estos lo hagan en presencia de menores de edad. Desde la Generalitat y las sociedades médicas y antitabaco que promueven el veto también se ha exigido a la DGT que modifique la ley de Tráfico para prohibir que el conductor fume, pero su director general, Pere Navarro, cree que "desde el punto de vista de la seguridad vial, con la normativa vigente es suficiente".

El reglamento de circulación no veta específicamente el tabaco al volante, como lo hace con el móvil o la manipulación del GPS pero su artículo 18.1 prohíbe cualquier acción que distraiga la atención en la carretera. En base a esta disposición, los agentes de tráfico multan a los conductores que fuman si detectan que les ha causado un despiste, como les sancionan si les ven comer o girar la mirada hacia los asientos de atrás con consecuencias en la conducción.

Navarro cree que el debate pertenece al ámbito sanitario y es en este que deben tomarse las decisiones pertinentes."Si se decide que lo mejor es que nadie fume en el interior de un coche nosotros impulsaremos el cumplimiento de la norma y si atribuyen a la Guardia Civil de Tráfico las competencias para imponer la sanciones lógicamente ésta vigilará su cumplimiento".

Una prioridad menor

Es previsible que la legislación que se apruebe encomiende la vigilancia a los agentes de tráfico dado que los inspectores de Sanidad no disponen de medios para llevarla a cabo. Será difícil, sin embargo, que los agentes de tráfico, ya sean los guardias civiles o policías municipales, tengan entre sus prioridades detectar, por ejemplo, si un pasajero en un asiento de atrás está fumando, cuando urge atajar las epidemias de los despistes por el uso del móvil, la velocidad, el alcohol y las drogas.

Navarro recuerda, en este sentido, que no hay ningún país que prohíba específicamente fumar al volante. Sí hay una larga lista de países en los que se prohíbe fumar a cualquier ocupante del vehículo cuando viajan menores: Francia, Grecia, Austria, Gran Bretaña, Chipre , Irlanda, en algunos estados de los Estados Unido, Canadá, Sudáfrica y Australia. Pero no hay ninguno que lo haga incluso cuando viajan solo adultos, como pretende la Generalitat.

Controversia

Antonio Lucas, director de Seguridad Vial del RACE, opina que el camino de la sanción en este caso no le parece el adecuado. El coche es un espacio personal como la casa. No podemos meter a un guardia civil dentro de cada coche. ¿Qué va a ser lo siguiente? ¿Controlar si los ocupantes se han duchado? ¿Prohibiremos que lleven perros?" En su opinión, el camino es la concienciación. "A mi me parece inconcebible que unos padres llenen de humo un espacio tan reducido cuando viajan con sus hijos. La mayor parte de la sociedad también lo ve así. ¿A que nadie se le ocurre fumar en un ascensor? Pues lo mismo", argumenta.

Ramon Ledesma, asesor de Pons Seguridad Vial y exsubdirector general de Normativa de la DGT, tiene clarísimo que es necesario sancionar específicamente al conductor que fume. "Fumar y conducir al mismo tiempo es un grave riesgo para la seguridad vial. Tiene que buscar el cigarrillo, encenderlo, se le puede caer la ceniza, apagarlo. Es algo obvio. Podemos estar doce horas en un avión sin fumar y no podemos estar tres o cuatro horas cuando conducimos. No pasa nada por prohibir fumar y conducir. Todo el mundo lo va a entender". Respecto al resto de los ocupantes, prefiere no pronunciarse, aunque cree que el riesgo más intenso es cuando la actividad la lleva a cabo el conductor.

Sólo una falta leve

Con la actual regulación, el agente que multe a un conductor que esté fumando tiene que comprobar que está acción le haya provocado un despiste y, en cualquier caso, la multa sería la correspondiente a una falta leve, es decir, 100 euros (50 si se abona en periodo voluntario) y ninguna detracción de puntos. Nada que ver con el castigo por manipular el móvil, que actualmente conlleva la pérdida de tres puntos que cuando salga adelante la próxima reforma de la ley de Tráfico subirán a seis.

La DGT estima que los fumadores causan el 5% de los siniestros por distracción. Un estudio ha calculado que en la maniobra del encendido un conductor pierde de vista la carretera durante 33 segundos.