El TSJC admite la demanda vecinal ante la prohibición de acceso a sus viviendas

El Tribunal ampara a las personas afectadas por emanaciones de gases en los núcleos de Puerto Naos y La Bombilla, poniendo en tela de juicio el decreto del Cabildo

Zona de exclusión en Puerto Naos.

Zona de exclusión en Puerto Naos. / R. P.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) admite a trámite la demanda presentada por los colectivos de vecinos de las zonas evacuadas, afectadas por las emanaciones de gases en Puerto Naos y La Bombilla, en la costa del Valle de Aridane, y que pone en tela de juicio el decreto de prohibición de acceso dictado por el Cabildo de La Palma. Entienden desde estos colectivos que existen medidas preventivas que pueden permitir un acceso controlado y con mayor asiduidad de la que actualmente permite la Institución insular. Al respecto, el presidente del Cabildo, Mariano Hernández Zapata, señala que «acatarán la resolución, pero la responsabilidad será de quien dicte la sentencia».

El TSJC admitió la denuncia interpuesta contra el Cabildo de La Palma el pasado lunes 16 de enero por el decreto que prohíbe a los vecinos de los núcleos afectados por la presencia de gases acceder a sus inmuebles, con la petición del expediente administrativo a fin de comprobar su legalidad. Zapata explicó que el objetivo del Cabildo con ese decreto «no es otro que proteger la seguridad de las personas» ya que ha recordado que existen informes tanto científicos como de Salud Pública «que desaconsejan la vida en esas poblaciones con las concentraciones de gases actuales». Así, «con esos informes, ni yo ni nadie se va a arriesgar a poner en peligro la vida de las personas», consideró el presidente, quien subrayó que «nos avala la legalidad», por lo que si la resolución judicial dicta lo contrario, «acataremos sin ninguna duda, pero la responsabilidad a partir de ese momento de lo que pueda pasar la debe asumir quien dicte la sentencia».

Estos colectivos también mantienen abiertos procesos para la reclamación de daños patrimoniales e indemnizaciones. Entre sus demandas sigue estando muy presente el conocer los debates y acuerdos que el Pevolca tomó en los días previos a la erupción, que ayudaría a prosperar las distintas demandas ya interpuestas y ahora admitidas a trámite por responsabilidad patrimonial contra las administraciones que gestionaron la emergencia.

Consideran estos vecinos que los organismos públicos incumplieron su deber legal de advertir con suficiente antelación y claridad del creciente riesgo de un fenómeno catastrófico, lo que impidió que las personas damnificadas pudieran tomar decisiones preventivas, incluida la suscripción de un seguro o el mejoramiento del que tuviera ya contratado e incluso decidir si construían o no en esa zona. Se argumenta en la reclamación patrimonial que no se tuvieron en cuenta ninguno de los riesgos de esa zona y no se tomara ninguna medida de protección y aseguramiento frente a los mismos, de modo que «los riesgos fueron minimizados, e incluso ocultados».

Las reclamaciones están dirigidas a los gobiernos estatal y canario, el Cabildo palmero y los ayuntamientos de El Paso, Los Llanos, Tazacorte y Fuencaliente.

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