Después de que la publicación de este martes del Boletín Oficial de Canarias refrendara lo acordado en el último consejo extraordinario de Gobierno, desde las 00:00 de este miércoles (esta misma noche), las islas con nivel de alerta 1 (semáforo verde) como son La Palma, La Gomera, El Hierro y Fuerteventura pasan de no tener limitada la circulación de personas en horario nocturno a quedar ésta restringida durante la franja horaria comprendida entre las 00:00 y las 6:00 horas. Cabe destacar que con motivo de las fechas navideñas y carnavaleras, los palmeros ya vieron limitada su circulación como prevención y no a razón de su situación pandémica.
Este ajuste horario se traslada igualmente a la actividad de la hostelería y restauración en ese mismo nivel, para la que se establece el cierre completo de los establecimientos antes de las 00.00 horas, al tiempo que se ajusta el número de personas por grupo en función de si se encuentran en el exterior o en espacios interiores.
En el caso de La Palma y el resto de islas en ‘verde’, no se podrá superar el 75% del aforo autorizado en los espacios interiores. La ocupación máxima por mesa o grupo de mesas será de 10 personas en el exterior, 6 en espacios interiores y de 4 el grupo de clientes en barra.
La actividad física federada se seguirá permitiendo en este nivel de alerta (así como en el 2), siempre y cuando no sean disciplinas que requieran de un contacto continuado entre deportistas (lucha canaria, boxeo, artes marciales, etc.).
También en materia deportiva, se permiten los eventos con un aforo de público del 50%, siempre y cuando se garantice una distancia de seguridad interpersonal entre el público de al menos un metro y medio. De igual modo, podrá acomodarse el público por grupos de convivencia estable de hasta cuatro personas, garantizando la distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros entre grupos.
Uso de mascarillas en entrenamientos y competiciones deportivas
Respecto al uso obligatorio de mascarillas, el Gobierno ha acordado que en la realización de entrenamientos y en la celebración de competiciones dentro de la actividad deportiva profesional y federada, de ámbitos nacional e internacional, se aplicará lo recogido específicamente en el protocolo de las federaciones deportivas respectivas.