El nombramiento ‘a dedo’ de Julio Cruz en el Ayuntamiento de La Laguna es ilegal

El secretario del pleno concluye que la decisión del Gobierno local de La Laguna de incorporar al exsenador socialista como director de Presidencia y Planificación es nula

Imagen de archivo de Julio Cruz en el Parlamento de Canarias cuando era diputado regional.

Imagen de archivo de Julio Cruz en el Parlamento de Canarias cuando era diputado regional. / E. D.

Daniel Millet

Daniel Millet

El nombramiento a dedo por parte del Gobierno municipal de La Laguna del exsenador y exdiputado socialista Julio Cruz como director del área de Presidencia y Planificación del Ayuntamiento lagunero es «nulo de pleno derecho». Esto concluye Octavio Fernández, secretario del pleno de La Laguna, en un informe que firmó el pasado 30 de noviembre. El funcionario, uno de los principales fiscalizadores de la actividad del Consistorio de Aguere, exige que se anule de oficio por la vía administrativa la incorporación de Julio Cruz por su ilegalidad y se saque el puesto a convocatoria pública, como debió hacerse desde el primer momento.

La Junta de Gobierno Local de La Laguna, el órgano presidido por el alcalde, el socialista Luis Yeray Gutiérrez, y que completan los tenientes de alcalde de su equipo de mando (PSOE, Unidas se Puede y Avante), decidió el pasado 31 de mayo incorporar en comisión de servicio a Julio Cruz como director de Presidencia y Planificación hasta el final del presente mandato (31 de mayo de 2023), un cargo de gran importancia estratégica en el Ayuntamiento de La Laguna pues controla todas las áreas municipales, en especial las contrataciones y el personal.

El secretario del pleno concluye siete meses después que la incorporación del político socialista, abogado y funcionario del Cabildo de La Gomera, está viciado de pleno derecho ya que vulnera el derecho de acceso a funciones y cargos públicos, que consagra el artículo 23 de la Constitución, del resto de funcionarios que también pueden optar a dicho puesto de trabajo. Asimismo, Octavio Fernández considera que el Gobierno municipal de La Laguna infringe el procedimiento que establece la ley al no realizar una convocatoria pública previa, por lo que el nombramiento va en contra de los principios de publicidad y transparencia en el acceso al empleo público.

Una vez que el secretario general del pleno ha declarado la ilegalidad de la incorporación del exsenador socialista es ahora la Junta de Gobierno local la que tendría que anularla y convocarla de nuevo a través de un concurso público. Octavio Fernández se ampara en la doctrina del Tribunal Supremo que puso fin en 2019 a los vicios en la falta de publicidad y transparencia en que estaban incurriendo muchas administraciones locales a la hora de incorporar cargos públicos en comisiones de servicios. Estas administraciones alegaban la urgencia en la incorporación de determinados funcionarios, en especial los de mayor importancia estratégica, para hacerlo a dedo, es decir, sin un concurso público.

El secretario general del pleno lagunero explica en su informe que el Tribunal Supremo puso coto a los clásicos abusos de estas comisiones de servicios, que consisten en dejar un puesto público en una administración por un tiempo determinado para incorporarse a otro puesto similar en otra administración. Lo hizo a través de la sentencia dictada por la Sala Contencioso-Administrativa de 24 de junio de 2019, que establece que «cuando la causa que justifica la comisión de servicios es que haya una plaza vacante cuya cobertura es urgente e inaplazable, si como medida transitoria se acuerda cubrirla en comisión de servicios –obviamente voluntaria–, esta comisión de servicios debe ofertarse mediante convocatoria pública y hacerlo, en su caso, dentro del plazo que prevea el ordenamiento funcionarial respectivo».

En 2019, el nombramiento de Julio Cruz para un cargo similar en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ya generó polémica. En este caso, sin embargo, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Cruz, bajo el mandato de la socialista Patricia Hernández, sí aprobó una convocatoria pública –el 2 de diciembre de 2019– para designar al director general de Organización y Régimen Interno. De los siete candidatos, Julio Cruz quedó el cuarto durante el proceso de selección pero fue el designado al entender los responsables de entonces del Consistorio chicharrero que el político gomero era la mejor opción por su dilatada experiencia en las administraciones públicas. El dirigente socialista abandonó su puesto de director general de Organización y Régimen Interno en el Consistorio de la capital tinerfeña tras aprobarse en julio de 2020 la moción de censura contra Patricia Hernández, que hizo que volviera a la alcaldía el nacionalista José Manuel Bermúdez.

En el Ayuntamiento de La Laguna, a diferencia del caso de Santa Cruz, el nombramiento de Julio Cruz como director del área de Presidencia y Planificación careció del requisito esencial de la convocatoria pública previa del puesto para que pudieran concurrir otros funcionarios, como los mismos de carrera de clase A del propio Consistorio de La Laguna, siempre según el informe del secretario general del pleno. Por eso, Octavio Fernández concluye que está viciado de nulidad de pleno derecho. El alto funcionario también advierte en su escrito del 30 de noviembre sobre la invalidez de los procedimientos administrativos rubricados por Julio Cruz desde que accedió en junio al cargo de coordinador de todas las áreas municipales.

Suscríbete para seguir leyendo