El Ayuntamiento de La Laguna destinará 160.000 euros a subvenciones para la rehabilitación de inmuebles de interés patrimonial. Se trata de unas ayudas para el ejercicio 2020 en las que está trabajando la Concejalía de Patrimonio Histórico para que su concesión se realice "lo antes posible". El objetivo es que aquellas edificaciones de titularidad privada que gocen del citado interés patrimonial en todo el municipio puedan beneficiarse de este apoyo económico, que tendrá una cuantía máxima para cada solicitante de 8.000 euros.

Con esta iniciativa, que llega después de la aprobación meses atrás de una ordenanza específica, se busca paralelamente "estimular y potenciar" el trabajo de pequeñas empresas y autónomos "que tanto se han visto perjudicados por las repercusiones de la covid-19", según manifestó la concejala de Patrimonio Histórico, Elvira Jorge.

La edil de Avante La Laguna detalló que las actuaciones que podrán ser objeto de subvención son las obras de conservación y restauración de fachadas y cubiertas, mejora de las condiciones de accesibilidad, renovación de instalaciones eléctricas, y fontanería y saneamiento. Todo ello para los inmuebles de titularidad privada situados dentro del ámbito ordenado por el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico, así como para aquellos otros que se encuentren incluidos en el catálogo de edificaciones protegidas por su valor patrimonial en el vigente Plan General de Ordenación (PGO).

"Serán gastos subvencionables los estrictamente relacionados con dicha ejecución, tales como materiales, mano de obra?, incluyéndose los honorarios de facultativos y aquellos otros que sean absolutamente necesarios para la realización de las obras, debiendo ajustarse los mismos al valor de mercado", precisaron desde el consistorio. "Asimismo, se incluyen dentro de los gastos subvencionables el coste de la elaboración de los levantamientos de las edificaciones catalogadas cuando así sea exigible de acuerdo con el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico y demás normativa de aplicación", añadieron.

Solo se concederá una subvención por solicitante y la cuantía máxima de la ayuda individual a otorgar será de 8.000 euros, "no pudiendo sobrepasar, en ningún caso, el 70% del presupuesto total de la obra a ejecutar". ¿Quiénes podrán ser beneficiarios? Los promotores de la actuación, propietarios de los inmuebles, usufructuarios, arrendatarios autorizados por el dueño, comunidades de propietarios y otras entidades sin personalidad jurídica que ostenten un derecho real sobre el mismo..

La ordenanza por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones concreta unos criterios de baremación, de los que las construcciones pueden reunir varias condiciones de manera acumulativa, a excepción de las descritas en los puntos uno y dos, dado que son circunstancias alternativas. Estas son: que el inmueble cuente con un grado de protección integral o estructural (40 puntos), que tenga un grado de protección ambiental (30), que esté en un entorno de protección de algún monumento con la consideración de Bien de Interés Cultural (20) y que se encuentre dentro del ámbito ordenado por el Plan Especial de Protección (10). Estas cualidades o calificaciones deberán ser acreditadas por el solicitante.