El Consejo Municipal de Patrimonio Cultural, sucesor de otro órgano similar aunque de corte más ciudadano , ya cuenta con un borrador de reglamento. Veintiún artículos, una disposición transitoria y una disposición final integran un documento en el que se confirma el carácter eminentemente técnico de esta entidad, tal y como había avanzado meses atrás la concejala de Patrimonio Histórico, Elvira Jorge.

Al menos doce de los miembros del futuro Consejo cuentan con un perfil técnico. Y es que establece el texto que habrá un técnico de Administración General de la Unidad de Patrimonio Histórico, otro de Administración General de la Gerencia de Urbanismo, un arquitecto del Servicio de Gestión del Casco, un arquitecto del Servicio de Obras e Infraestructuras, y un ingeniero de caminos, obras y puertos del Servicio de Obras e Infraestructuras. Se unen a ellos un arquitecto perteneciente a la Unidad de Patrimonio Histórico, un arquitecto técnico del mismo ámbito, un representante de la Universidad de La Laguna especialista en patrimonio cultural, un integrante del equipo de los redactores de los planes municipales de ordenamiento urbanístico. El listado de perfiles más técnicos lo completan sendos miembros del Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo de Tenerife, del Colegio Oficial de Arquitectos y del Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos.

El resto de componentes del órgano son el concejal de Patrimonio, el cronista oficial de la ciudad y "un representantes de cada una de las asociaciones ciudadanas de reconocida dedicación a la defensa del patrimonio cultural". El reglamento apunta que la duración del cargo de los vocales designados coincidirá "con el período de mandato de la respectiva corporación".

"El Consejo Municipal de Patrimonio Cultural de San Cristóbal de La Laguna es un órgano técnico asesor, de consulta y seguimiento de la gestión municipal y gestión de particulares en todas aquellas acciones que incidan en el conocimiento, conservación, difusión y promoción del amplio patrimonio histórico municipal, así como un cauce para animar y potenciar la participación vecinal y de otros colectivos implicados en la conservación del patrimonio cultural", precisa el texto.

Otro de los aspectos que recoge el borrador es que su ámbito de actuación será el término municipal. "El Pleno del Consejo Municipal de Patrimonio Cultural deberá reunirse con carácter ordinario al menos dos veces al año", determina.

Elvira Jorge (Avante La Laguna) dio a conocer en octubre del pasado año que este consejo nace por exigencias legislativas. Concretamente, la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias, modificó en su artículo 20 varios aspectos. "Los ayuntamientos, especialmente los que cuenten con conjunto histórico declarado, deberán crear consejos municipales de patrimonio cultural, que actuarán como órganos técnicos asesores de la Administración municipal", comienza el punto primero. A continuación expone: "El ayuntamiento respectivo determinará reglamentariamente su composición, funciones y régimen de funcionamiento, que atenderá a criterios de cualificación técnica de sus miembros".