El abogado y empresario lagunero Evaristo González Reyes fue condenado a casi ocho años de prisión por el Juzgado de lo Penal número 9 de Santa Cruz de Tenerife por dos delitos de fraude a la Seguridad Social y un tercero de falsedad documental. Este proceso se corresponde con una pieza separada del caso Corredor, en el que agentes especializados de la Policía Nacional investigaron unas irregularidades administrativas, delitos económicos e, incluso, supuestos tratos de favor hacia los negocios que eran propiedad de este letrado. La sentencia se conoció ayer y en la misma la jueza impuso a González Reyes una multa que asciende a 3,28 millones de euros, que triplica la cantidad que, según dicha autoridad judicial, el letrado y propietario de negocios defraudó a la citada Administración entre 2006 y 2010.

Cabe recordar que la fiscal solicitaba para González Reyes 44 años de prisión, mientras que el letrado de la Seguridad Social reclamaba para él 30 años. El juicio comenzó a mediados de enero en la sala de vistas del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) y se prolongó varias semanas. En este asunto también fue investigado por la Policía Nacional el empresario, y en su día testaferro de González Reyes, Carlos Machín Quintero. Pero este último fue asesinado a tiros por un sicario en la Escuela de Idiomas de La Verdellada (La Laguna) el 17 de abril del 2018. Hace poco más de un año que Evaristo González Reyes permanece en prisión provisional (Tenerife 2) acusado de encargar la muerte de dicha persona.

La titular del Juzgado de lo Penal número 9 condenó a penas de prisión de entre cuatro y diez meses por falsedad documental a otros seis procesados en esta pieza, como son Hercilio J.P., Yolanda M.G., Fabián E., Mayra A.E., Josefa P. y María Lourdes G.

Cooperador necesario

Respecto a Hercilio, la jueza lo considera cooperador necesario y autor de un delito continuado de falsedad documental. Le impuso una pena de diez meses y 15 días de privación de libertad, así como 540 euros de multa. Presuntamente, dicho hombre estaba al frente de una gestoría y, al finalizar la vista oral, expresó su amargura por cómo le ha afectado este asunto en su vida profesional. A Yolanda M.G. le han impuesto una pena de diez meses y veinte días de prisión por un delito continuado de falsedad documental, así como una multa de 544 euros. En el caso de Fabián, Mayra A. y Josefa P., tienen una pena de cuatro meses de privación de libertad y una multa de 480 euros por delito de falsedad en documento oficial. La de María Lourdes es de cuatro meses de cárcel. A todos los condenados se les aplicó la atenuante de dilaciones indebidas, puesto que transcurrió un tiempo excesivo desde que se produjo su detención o investigación y el inicio del citado juicio. Quedaron absueltas de todos los cargos Francisco Óscar G., Alberto I.S., Emiliano L.S., Cosme Q., Israel B., Juan Carlos M., Juan Carlos A. y Ricardo F.G. Además, del delito de estafa quedaron absueltos Evaristo González Reyes, Hercilio J.P., Yolanda M. y María Lourdes.

Durante el juicio, la inmensa mayoría de los acusados se acogió a su derecho a no declarar. Una de las pocas personas que prestó testimonio fue Francisco Óscar G., un decorador que en su momento fue contratado por las empresas controladas por Evaristo González Reyes. Su declaración sirvió para confirmar las acusaciones realizadas contra el citado abogado y empresario, considerado el líder de la trama, por parte de la fiscal y el abogado de la Seguridad Social. La clave estuvo en que presuntamente González Reyes lo situó al frente de la empresa mercantil Osgozon, desde la que se administraba el pub Kapitel. Sin embargo, en la vista, Francisco Óscar aclaró que quien controlaba todo era Evaristo, y que él desconocía la actividad o las supuestas irregularidades que se cometían.

En la sombra

Según la titular del Juzgado de lo Penal número 9 de Santa Cruz de Tenerife, en 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, el empresario y abogado dejó de ingresar en la Seguridad Social 937.173 euros, de forma "deliberada y a sabiendas". Al principal protagonista de los hechos se le atribuye la propiedad real de varias discotecas, pubs, tascas o restaurantes en distintos enclaves de La Laguna. Y las personas que estaban al frente de las empresas que explotaban los mismos siempre eran elegidas y controladas por González Reyes, según la autoridad judicial.

El letrado trató de ocultar a la Administración de la Seguridad Social que era el verdadero dueño de los negocios y que dirigía de forma discreta lo que se hacía en los mismos. En cualquier caso, calculaba las cuantías que debía abonar al citado organismo público con el fin de no incurrir en responsabilidad criminal. Las sociedades con las que operaba Evaristo González Reyes se crearon con un capital mínimo y carecían de cuentas depositadas; no contabilizaban ni declaraban pérdidas ni ganancias; tampoco constaba que tuvieran ingresos ni gastos, o bien figuraban con cierre registral, pese a estar en funcionamiento. Algunos inspectores de trabajo pasaban por los locales y comprobaban las irregularidades en las que incurrían las empresas con la contratación de diversos trabajadores. Dichos funcionarios requerían a las sociedades controladas por González para que presentaran la documentación necesaria, pero nunca se atendieron estas reclamaciones.

El acusado-letrado que recusó a la juez

El juicio a Evaristo González y a 14 procesados más ofreció momentos sorprendentes y curiosos. Desde el primer día, el principal investigado hizo valer sus derechos como abogado para no sentarse en los bancos junto al resto de los procesados, sino al lado de los letrados defensores. En algunos días claves, González Reyes desarrolló su propia defensa. Varios tomos del sumario no aparecieron (y no es la primera vez en un asunto con Evaristo como investigado) y los abogados de la Defensa nunca los pudieron consultar. González Reyes recusó a la jueza, con lo que retrasó varios días la vista. Al investigado le vino bien que la mayoría de los procesados no declarara, ni siquiera ante sus letrados. La Fiscalía le acusaba de defraudar 1,6 millones y en la sentencia se reduce esa cuantía a 937.173 euros. Esta sentencia se puede recurrir en apelación ante la Audiencia Provincial.