La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias con sede en Gijón ha condenado a 22 años y medio de cárcel al acusado de matar a su mujer, María Isabel González Pereira, de 58 años, con una escopeta en 2010, en su domicilio de Gijón. El Tribunal, que había sido declarado culpable por un jurado popular, considera que cometió un asesinato con alevosía y ensañamiento, con la agravante de parentesco pero la atenuante de reparación del daño, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

En cuanto a la atenuante de reparación del daño, la Audiencia ha tomado en consideración que el hombre, cediera a los dos hijos de la pareja, representados por la letrada María Jesús Sánchez Obeso, la parte del piso que le correspondía, para saldar de esta forma la indemnización. Con la aplicación de esta atenuante, se rebaja la pena solicitada por las acusaciones públicas y particular de 25 años de prisión.

No obstante, pese a conceder este atenuante solicitado por el abogado de la defensa, Sergio Herrero, el tribunal entiende que no puede aplicarse el de confesión de los hechos, ya que esta no se hizo de manera espontánea, tras el crimen, sino cuando la Policía llegó al lugar de los hechos después de que el acusado fuera retenido por una persona. Esta posibilidad había sido rechazada por las acusaciones ya durante el juicio.

Durante la vista, el acusado se acogió a su derecho a no declarar, pero sí testificaron sus dos hijos. También durante el juicio los forenses y psicólogo judiciales que examinaron al procesado certificaron que no apreciaron ninguna patología mental en el imputado, al contrario de los sostenido por el psiquiatra propuesto por la defensa, que aludió a un trastorno mental y a que sufrió un momento de obcecación.

LE PIDIÓ EL DIVORCIO

Según el escrito de calificación remitido por la Fiscalía, el acusado estaba con un contrato de relevo próximo a la jubilación. Desde que se inició esta situación laboral, su conducta cambió y la relación matrimonial se había deteriorado. El hombre mantenía una actitud "controladora" con su esposa y constantes discusiones. Todo ello había motivado que desde principios de abril de este año la mujer le manifestara su intención de divorciarse.

La situación era tal que desde el 16 de ese mes de abril, la mujer se negaba a hacerle la comida ni a arreglarle la ropa. Cuatro días después, sobre las 9.20 horas, la esposa se estaba preparando para ir a trabajar y al ir al servicio desnuda de cintura para arriba, el imputado intentó besarla, a lo que ella se negó.

Fue entonces cuando el acusado, "espontánea e inesperadamente", cogió una escopeta del armario del salón que tenía allí guardada y varios cartuchos, de los que cargó dos en el arma. El hombre esperó a la mujer a la salida del baño y, al salir esta, la encañonó con el arma, a lo que ella colocó la mano izquierda extendida por la palma delante del arma a corta distancia.

El acusado igualmente le disparó, alcanzándole la mano, con la consiguiente pérdida de dos dedos y causándole lesiones graves. La mujer, con una importante pérdida de sangre, abrió una ventana de una habitación contigua y posteriormente se dirigió a la puerta de salida con el propósito de huir.

No obstante, cuando se encontraba a la altura de la puerta, la víctima recibió un segundo disparo en la cara externa del codo izquierdo que le sale por la cara interna. La mujer consiguió, pese a ello, salir al rellano de la escalera, donde pidió auxilia a sus vecinos e intentó subir de rodillas por la escalera.

El imputado salió detrás de ella y efectuó un tercer disparo, que le alcanzó en la espalda, lo que le produjo "un shock hemorrágico por hemorragia interna y externa y consiguientemente la muerte". En el momento de la detención, poco después de los hechos, el procesado llegó a insultar a la víctima ante un policía, al que indicó que la mujer le ponía los cuernos y le había vaciado la cartilla.