El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a 21 meses de cárcel a F.D.P., un hombre de 60 años que sometió a su exesposa durante ocho años a malos tratos tanto psíquicos y psíquicos, y que, tras cesar la convivencia entre ambos, continuó sometiéndola a vejaciones, lo que causó en la mujer "lógica inquietud y temor".

La víctima denunció al acusado en 2009 después de que se llevase a la hija menor de edad de ambos sin previo aviso ya que, según declararon los peritos forenses durante el juicio, no sabía como salir de la situación y se negaba a denunciar porque venía de una experiencia rota anterior, tenía "temor al escándalo social" y pensaba que él "no se lo perdonaría".

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, impone al acusado una pena de un año y nueve meses de prisión como autor de un delito de violencia habitual y le condena asimismo a seis días de localización permanente por una falta de injurias ya que eran permanentes los insultos y las expresiones "humillantes".

La juez considera probado que F.D.P. comenzó "nada más iniciar la convivencia" a someter a malos tratos físicos y psicológicos a la víctima, a quien insultaba y amenazaba con frases como "te voy a hundir". Tras la separación, ocho años después de contraer matrimonio, y pese a que había abandonado el domicilio familiar, él continuó con insultos.

Así, se presentaba en la casa sin previo aviso para llevarse al hijo en común, y también en el colegio e, "incluso en la playa, donde se ponía escasa distancia, continuando el trato vejatorio causando en ella lógica inquietud y temor". Resalta el fallo que se mostraba, por lo general, "correcto con la víctima haciendo ver que la relación de pareja "iba bien" pero que, una vez a solas, "empleaba hacía ella un trato humillantes, lo que la anulaba".

Según declararon en juicio los peritos forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) y del Servicio Provincial de Mujeres de la Diputación Provincial al que acudió la mujer poco antes de interponer denuncia, la situación ha generado en ella "sentimiento de culpabilidad, bajo nivel de autoestima, así como sintomatología depresiva grave y sintomatología ansiosa".

Remarca la sentencia, que recoge asimismo como pruebas de cargo la testifical de la hermana de la víctima y su marido, que el cuadro de estrés postraumático secundario a la violencia de género experimentada durante su relación de pareja es de "intensidad y profundidad suficiente como para requerir un tratamiento médico especializado por psiquiatría a fin de conseguir su recuperación".

Entre los episodios de violencia, detalla el apartado de fundamentos de derecho varias agresiones que causaron a la mujer rotura de tabique o pérdida de cabello por tirones, que la arrojó por las escaleras cuando estaba embarazada o que, tras una primer intento de denuncia ante la Guardia Civil, el acusado destrozó la puerta de acceso a la vivienda y destrozó el interior.

F.D.P., para quien el fiscal solicitaba cuatro años de prisión al incluir un delito de amenazas, no podrá acercase a su exesposa a menos de 500 metros durante tres años y deberá indemnizarla con la cantidad de 3.000 euros.