La jueza sustituta del Juzgado Número Dos de Violencia sobre la Mujer de Santa Cruz de Tenerife ordenó ayer el ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza con una duración de un año para un individuo denunciado el martes por la que fue su pareja en los últimos tres años, según informó el abogado defensor del imputado, Guillermo de Benito.

Según recoge el auto, los hechos se registraron a la 15:10 horas del martes, cuando Wilver R.S., mayor de edad y de nacionalidad cubana, llamó a la que hasta hacía 15 días había sido su pareja durante tres años. En esa conversación telefónica, según consta en la denuncia de la víctima, el acusado "mantuvo una fuerte discusión, llegándola a amenazar con expresiones tales como: te voy a matar, quiero hablar contigo porque tenemos que arreglar esto o te mato".

A las tres de la tarde, Wilver R.S. -al que le constan denuncian por situaciones similares- acudió hasta la peluquería de Geneto donde trabaja su ex pareja. Allí "comenzó a golpear con patadas y puñetazos en la puerta del establecimiento, que tenía cerrada con llave por temor a que el imputado se personase allí, y volvió a amenazarla esta vez diciéndole: Abre la puerta o la rompo a patadas. O me abres la puerta o entro y te mato". Mientras el Ministerio Fiscal solicitó la prisión provisional y sin fianza para el acusado, tanto los letrados de la víctima como del imputado solicitaron la libertad provisional.

La magistrada considera que concurren los requisitos para la prisión provisional por delito de amenazas en el ámbito familiar, penado con prisión de seis meses a un año. En el auto se hace constar que "aparecen bastantes indicios racionales para creer responsable criminalmente del delito al imputado; así como de la declaración de la denunciante" (...), advirtiendo que el acusado llamó a su víctima por teléfono hasta en seis ocasiones antes de presentarse en la peluquería donde trabaja. La jueza recuerda que según el atestado policial "el imputado presentaba una herida por los puñetazos que propinó a la puerta de la peluquería". El imputado, sin residencia legal, añade la jueza, "trabaja en la chatarra cuando lo llaman, por lo que carece de arraigo" laboral y familiar. La magistrada recuerda que Extranjería le notificó hace un año la expulsión del territorio nacional.