El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha propuesto que los presos varones puedan acceder al régimen abierto si dedican este beneficio penitenciario para realizar las tareas domésticas en el domicilio familiar, como ya ocurre con las mujeres penadas. Esta medida estaría encaminada a los reclusos en tercer grado que no tengan posibilidad de realizar un trabajo remunerado en el exterior, requisito para disfrutar del régimen abierto, que permite salir de prisión durante el día y otras medidas de semilibertad.

La propuesta aprobada ayer por la Comisión Permanente del CGPJ se refiere al artículo 82.2 del Régimen Penitenciario, aprobado en 1996, y supone adecuarlo al mandato de la Ley Orgánica de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (LOIMH), aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2007.

La iniciativa de informar sobre la modificación de este precepto partió de la Comisión de Igualdad del CGPJ a raíz de una comunicación remitida por el presidente de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid, Arturo Beltrán, tras estimar el recurso de un preso de 65 años que había solicitado el régimen abierto para cuidar de su esposa gravemente enferma y al que se había denegado la clasificación en el tercer grado penitenciario.

El artículo 82.2 del Régimen Penitenciario establece que la Junta de Tratamiento podrá conceder el régimen abierto a los penados clasificados en tercer grado "con una peculiar trayectoria delictiva, personalidad anómala o condiciones personales diversas, así como cuando exista imposibilidad de desempeñar un trabajo en el exterior o lo aconseje su tratamiento penitenciario".